C.C.E. C/ IPROSS S/ AMPARO - APELACIÓN
El Superior Tribunal de Justicia rechazó la apelación de Fiscalía de Estado y mantuvo el amparo contra IPROSS a favor de C.C.E., con costas por su orden. La decisión confirmó la cobertura ordenada frente a una prestación sanitaria vinculada con una persona identificada como B. La Provincia cuestionaba la procedencia de la vía, el alcance de la orden y la incidencia presupuestaria o administrativa. El tribunal sostuvo que los agravios no desvirtuaban la sentencia, que el amparo resultaba idóneo ante la urgencia y que la obra social había autorizado sólo parcialmente la prescripción médica sin razones suficientes. También destacó el interés superior de B. y el principio de progresividad. Por sensibilidad sanitaria y niñez, requiere revisión.
