ÍTERA Lex
PJ Río NegrookVer fuente oficial ↗

Índice de jurisprudencia — Río Negro

Fallos jurisdiccionales

Índice navegable del corpus completo: cronológico para explorar por año y fecha; por relevancia cuando buscás texto, con señales de carátula, voces, extractos y texto oficial.

Índice indexado · 1.232 resultados

401 – 410 de 1.232

Buscar en el portal oficial

MORENO, MARTINA S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS

JUZGADO DE PAZ 3RA CIRC. BARILOCHE30/06/2026Sent. 58 · Interlocutoria

El Juzgado de Paz concedió el beneficio de litigar sin gastos a MARTINA MORENO para el trámite sucesorio 'MORENO DE LA CRUZ, JUAN S/ SUCESION AB INTESTATO'. La decisión se apoyó en la prueba sobre su situación patrimonial: jubilación informada por ANSES, ausencia de bienes registrables y falta de impuestos activos o relación laboral. El beneficio rige hasta que mejore su fortuna y no alcanza los anticipos de gastos por pruebas periciales; costas y honorarios quedan sujetos al expediente principal.

Procesalbeneficio litigar sin gastossucesionprueba patrimonialansesregistro propiedad

[DENUNCIANTE_1] EN REPRESENTACION DE [NOMBRE_1] C/ [NOMBRE_2] S/ VIOLENCIA

JUZGADO DE FAMILIA LUIS BELTRAN30/06/2026Sent. 388 · Definitiva

El tribunal dispuso en el proceso [DENUNCIANTE_1] EN REPRESENTACION DE [NOMBRE_1] C/ [NOMBRE_2] S/ VIOLENCIA. La decisión encuadra el caso en materia familia y resuelve el punto central planteado por las partes según el alcance del trámite. El dispositivo ordenó: RESUELVO : I.-) DISPONER las medidas protectorias dispuestas oportunamente por el Juzgado de Paz ordenando: i.-) PROHIBICIÓN DE ACERCAMIENTO de la adolescente [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] hacia el adolescente [VÍCTIMA_1] DNI nº [DNI_VÍCTIMA_1] en donde. La síntesis queda limitada a esa resolución oficial y a sus consecuencias procesales inmediatas, sin extenderse a cuestiones ajenas al texto de la sentencia. La intervención se presenta como una respuesta jurisdiccional específica, con efectos acotados al expediente y a las medidas dispuestas.

Violencia familiarNNyAFamiliaviolencia familiarfamiliaprorroga medidas proteccion

BALDA, ADALBERTO MELCHOR C/ CALVO, VIOLETA ESTHER Y OTRO S/ ORDINARIO - ESCRITURACION - DAÑOS Y PERJUICIOS

UNIDAD JURISDICCIONAL CIVIL N° 1 - VIEDMA30/06/2026Sent. 187 · Interlocutoria

El Juzgado Civil ordenó reiterar un oficio al Banco Santander S.A. solicitado por la parte demandada. La entidad deberá informar si entre marzo y junio de 2015, junio de 2016 y junio de 2017 existieron movimientos o transferencias recibidas por Lelio Enrique Tolosa y Violeta Esther Calvo provenientes de Adalberto Melchor Balda, y si aquellos fueron titulares, cotitulares, apoderados o autorizados de cuentas. La resolución consideró que el nuevo oficio saneaba un error de redacción del requerimiento anterior y no ampliaba la prueba admitida. No impuso costas.

Dañosprueba informativaoficio bancariobanco santanderescrituraciondanos perjuicios

' [ACTOR_1] Y [DEMANDADO_1] S/ DIVORCIO(F)'

UNIDAD PROCESAL Nº 5 (JUZGADO DE FAMILIA N° 5) - CIPOLLETTI30/06/2026Sent. 346 · Interlocutoria

El tribunal rechazó en el proceso ' [ACTOR_1] Y [DEMANDADO_1] S/ DIVORCIO(F)'. La decisión encuadra el caso en materia familia y resuelve el punto central planteado por las partes según el alcance del trámite. El dispositivo ordenó: RESUELVO: I.- Rechazar las medidas razonables peticionadas - suspensión de su licencia de conducir e inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios - en atención a las consideraciones precedentes.- II.- Costas a. La síntesis queda limitada a esa resolución oficial y a sus consecuencias procesales inmediatas, sin extenderse a cuestiones ajenas al texto de la sentencia. La intervención se presenta como una respuesta jurisdiccional específica, con efectos acotados al expediente y a las medidas dispuestas.

NNyAFamiliadivorciofamiliadecreta divorcio

'[FAM]' C/ INSTITUTO PROVINCIAL DE SEGURO DE SALUD - IPROSS S/ AMPARO

JUZGADO CIVIL, COMERCIAL, MINERÍA Y SUCESIONES N°3 - GENERAL ROCA30/06/2026Sent. 131 · Interlocutoria

El Juzgado declaró cumplido el objeto inicial del amparo de [ACTOR_1] contra IPROSS y ordenó archivar la causa sin costas. La decisión se fundó en que la amparista aceptó el ofrecimiento de cobertura médica realizado por el instituto y en que la cuestión planteada inicialmente había sido abordada según las constancias del expediente. El pronunciamiento no resolvió nuevamente la cobertura de fondo, sino que cerró el trámite por cumplimiento del objeto liminar. También dispuso hacer saber lo resuelto al Área de Trabajo Social del CIF y notificó la decisión conforme al Código Procesal Constitucional. La resolución fue dictada en General Roca el 30 de junio de 2026.

SaludAnonimizaciónSaludamparo saludiprosscobertura medicaobjeto cumplidoarchivo

FLORES HORACIO C/ MUNICIPALIDAD DE GENERAL ROCA S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA (ORDINARIO)

UNIDAD JURISD CONTENCIOSO ADM N° 15 2DA CJ (UJCA) - ROCA30/06/2026Sent. 151 · Interlocutoria

La Unidad Jurisdiccional reguló honorarios antes de la inscripción registral de la sentencia de prescripción adquisitiva promovida por Horacio Flores. Estableció como monto base $ 46.350.359,13, proveniente de la valuación fiscal consentida, y reguló al patrocinante del actor el 15 % del MB. También reguló en conjunto a los letrados de la Municipalidad de General Roca el 7% del MB, con más el 40%, y mantuvo las costas en el orden causado según la sentencia definitiva.

Honorarios y costashonorariosmonto baseprescripcion adquisitivavaluacion fiscalinscripcion registral

'[DENUNCIANTE_1]' C/ '[DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL Nº 11 - CIPOLLETTI30/06/2026Sent. 189 · Interlocutoria

El Juzgado de Familia rechazó la denuncia de violencia presentada por '[DENUNCIANTE_1]'. Consideró que los hechos relatados no configuraban episodios de violencia familiar que requirieran el procedimiento de la Ley 3040, porque estaban vinculados con el cuidado personal y la responsabilidad parental respecto del niño en común y debían canalizarse por otras vías legales. La decisión sugirió asistencia letrada particular o de la Defensoría de Pobres y Ausentes y ordenó notificar por OTIF; si la cédula resultaba negativa, debía librarse oficio a la comisaría del último domicilio conocido.

NNyAViolencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarley 3040denuncia desestimadaresponsabilidad parentalcuidado personal

[NOMBRE_1] C/ [NOMBRE_2] S/ VIOLENCIA

JUZGADO DE FAMILIA LUIS BELTRAN30/06/2026Sent. 636 · Interlocutoria

El Juzgado de Familia dispuso ratificar y ampliar medidas protectorias en una denuncia de violencia entre [DENUNCIANTE_1] y [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]. Ordenó una prohibición de acercamiento de 200 mts de [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] hacia [DENUNCIANTE_1], su vivienda o lugar de residencia, y prohibió su ingreso o permanencia en el domicilio familiar. Las medidas rigen por 60 DÍAS desde la notificación. También prohibió actos molestos, de violencia o perturbación por cualquier medio y ordenó comunicar lo resuelto a la unidad preventora para toma de conocimiento y colaboración en las notificaciones.

Violencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarprohibicion acercamientodomicilio familiarmedidas protectoriasunidad preventora

[L.F.A.] C/ RIO URUGUAY COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA S/ EJECUCIÓN DE HONORARIOS (PPAL RO-20374)

JUZGADO CIVIL, COMERCIAL, MINERÍA Y SUCESIONES N°3 - GENERAL ROCA30/06/2026Sent. 64 · Monitoria

La Unidad Jurisdiccional ordenó llevar adelante la ejecución de honorarios promovida por [L.F.A.] contra Río Uruguay Cooperativa de Seguros Limitada. La ejecución procede por el capital reclamado de $326.755, con más intereses, sobre honorarios provisorios firmes regulados el 29/09/2025 en el proceso principal. Presupuestó $170.000 para intereses y costas de ejecución, difirió la regulación de honorarios de esta etapa y habilitó la notificación para que la ejecutada pueda oponer excepciones dentro del quinto día.

AnonimizaciónHonorarios y costasejecucion honorariossentencia monitoriahonorarios firmesintereses costasexcepciones

[NOMBRE_1] C/ [NOMBRE_2] S/ VIOLENCIA

JUZGADO DE FAMILIA LUIS BELTRAN30/06/2026Sent. 634 · Interlocutoria

El Juzgado de Familia fijó una cuota alimentaria provisoria y ratificó medidas protectorias en favor de [DENUNCIANTE_1] y de los niños [VÍCTIMA_1] y [VÍCTIMA_2]. Ordenó al progenitor [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] pagar el 100% del SMVM como cuota provisoria por un máximo de seis meses, y mantuvo prohibiciones de acercamiento, ingreso al domicilio familiar, actos molestos y contacto con los niños, con radios de 300 mts y vigencia de 90 DÍAS. También requirió intervención urgente de SENAF, vista a la Defensora de Menores e intervención del Equipo Interdisciplinario para evaluar riesgo e interacción familiar.

NNyAViolencia familiarAnonimizaciónFamiliaalimentos provisoriossmvmviolencia familiarprohibicion acercamientosenafnnya

La síntesis de ÍTERA Lex no sustituye el texto oficial; verificá contra el portal del PJ Río Negro.

Los documentos referenciados provienen de sus fuentes oficiales (SAIJ, PJ Río Negro, PJ Neuquén). ÍTERA Lex Tools facilita la búsqueda y consulta, enlazando directamente a la fuente oficial.

Un producto de ÍTERA Lex — software de gestión jurídica para estudios y abogados independientes. ÍTERA Lex

Acerca de ÍTERA Lex Tools© 2026 ÍTERA Lex Tools