ÍTERA Lex
PJ Río NegrookVer fuente oficial ↗

Índice de jurisprudencia — Río Negro

Fallos jurisdiccionales

Índice navegable del corpus completo: cronológico para explorar por año y fecha; por relevancia cuando buscás texto, con señales de carátula, voces, extractos y texto oficial.

Índice indexado · 446 resultados

1 – 10 de 446

Buscar en el portal oficial

'[DENUNCIANTE_1]' Y OTROS C/ '[DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL Nº 11 - CIPOLLETTI22/07/2026Sent. 605 · Definitiva

El Juzgado de Familia dispuso medidas preventivas en una denuncia de violencia. Ordenó la exclusión del hogar de [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1], facultó el retiro de enseres personales y dispuso reintegrar a [VÍCTIMA_1] al domicilio. Además fijó prohibición de acercamiento a la persona y residencia de [VÍCTIMA_1], por 500 mts. y durante 90 días, con abstención de incidentes, agravios y reclamos fuera de la vía legal. También ordenó custodia policial en el domicilio por quince (15) días y requirió informe antes del vencimiento.

Violencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarexclusion hogarprohibicion acercamientocustodia policialreintegro domiciliofamilia

'[DENUNCIANTE_1]' C/ '[DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/ VIOLENCIA

JUZGADO DE PAZ 4TA CIRC. CINCO SALTOS22/07/2026Sent. 414 · Interlocutoria

El Juzgado de Paz dispuso medidas protectorias provisorias en una denuncia de violencia familiar. Ordenó a [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] abstenerse de todo acto violento, molesto, perturbador o de hostigamiento contra [DENUNCIANTE_1], por cualquier medio, bajo apercibimiento penal. También ordenó a la denunciada realizar tratamientos psicoterapéuticos y dispuso asistencia médica o psicológica para el denunciante. La resolución se dictó con carácter tuitivo y cautelar ante indicadores mencionados en el expediente. Las medidas tienen vigencia por 90 días y fueron elevadas al Juzgado de Familia en turno.

Violencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarabstencion hostigamientotratamiento psicoterapeuticoasistencia psicologicamedida provisoriafamilia

[DENUNCIANTE_1] C/ [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] S/ VIOLENCIA

JUZGADO DE PAZ 1RA CIRC. SAN ANTONIO OESTE22/07/2026Sent. 332 · Interlocutoria

El Juzgado de Paz dictó medidas protectorias en una denuncia de violencia entre [DENUNCIANTE_1] y [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]. Ordenó a la denunciada abstenerse de ejercer actos de violencia, incidentes, agravios, reclamos por cualquier vía y publicaciones en redes sociales contra la denunciante o su grupo familiar. También dispuso una prohibición de acercamiento de 100 metros respecto de [DENUNCIANTE_1], su grupo familiar conviviente, su domicilio y su lugar de trabajo. Las medidas rigen por 120 días y se comunicaron a Fiscalía por la denuncia penal previa.

Violencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarprohibicion acercamientoabstencion hostigamientoredes socialesfiscaliafamilia

"'[DENUNCIANTE_1]' C/ '[DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/ VIOLENCIA"

JUZGADO DE PAZ 1RA CIRC. VALCHETA22/07/2026Sent. 22 · Interlocutoria

El Juzgado de Paz dispuso medidas recíprocas en una denuncia de violencia familiar. Prohibió a [DENUNCIANTE_1] y [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] realizar actos de violencia, molestias o perturbaciones, y ratificó la prohibición de acercamiento de [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] hacia [DENUNCIANTE_1] en un radio de 200 metros. También ordenó presencia policial para el retiro de bienes, rondas preventivas, intervención municipal, SENAF y tratamiento psicológico para ambas partes. Las medidas cautelares rigen por 120 días y el expediente se elevó al Juzgado de Familia.

NNyAViolencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarmedidas reciprocasprohibicion acercamientorondas policialessenaffamilia

SENAF - SAO ([NOMBRE_1] Y [NOMBRE_2]) S/ MEDIDA DE PROTECCION DE DERECHOS

JUZGADO CIVIL, COM, MIN Y FAM SAO NRO 922/07/2026Sent. 154 · Definitiva

El Juzgado de Familia dispuso ratificar una medida excepcional de protección de derechos dispuesta por SENAF respecto de los niños [FAMILIAR_1] y [FAMILIAR_1]. Confirmó la modalidad de albergue transitorio por 90 días, vinculada a la disposición del organismo de protección de fecha 12/06/2026. La decisión se dictó con carácter preventivo y cautelar, tras la escucha de los niños, la audiencia con SENAF y la conformidad de la Defensora de Menores e Incapaces. También ordenó al organismo continuar actuando para superar la situación de vulneración.

NNyAAnonimizaciónFamiliannyasenafmedida excepcionalalbergue transitorioproteccion derechosfamilia

'[DENUNCIANTE_1]' C/ '[DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/ VIOLENCIA

JUZGADO DE PAZ 2DA CIRC. ALLEN22/07/2026Sent. 372 · Interlocutoria

El Juzgado de Paz decretó una medida preventiva en una denuncia de violencia familiar. Ordenó a [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] abstenerse, por 90 días, de realizar actos que perturben directa o indirectamente a [DENUNCIANTE_1] o al domicilio donde se encuentre, y de efectuar reclamos fuera de la vía legal. Indicó que las medidas son de cumplimiento recíproco y rechazó la restitución de pertenencias solicitada porque los bienes no eran enseres personales. También remitió las actuaciones a la Unidad Procesal de Familia en turno.

Violencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarabstencion perturbacionmedidas reciprocasrestitucion pertenenciasjuzgado pazfamilia

[NOMBRE_1] C/ [NOMBRE_2] S/ VIOLENCIA

JUZGADO DE FAMILIA LUIS BELTRAN22/07/2026Sent. 701 · Interlocutoria

El Juzgado de Familia prorrogó medidas protectorias en una causa de violencia familiar. Ordenó mantener por 30 días la prohibición de acercamiento de [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] respecto de su hija, la niña [FAMILIAR_1], con un radio de 200 mts. La decisión se apoyó en la falta de elementos suficientes para corroborar una modificación de la situación familiar denunciada y en el criterio de la Defensora de Menores. También ordenó oficiar a SENAF y a la unidad preventora, con apercibimiento por desobediencia.

NNyAViolencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarprorroga medidasprohibicion acercamientonnyasenaffamilia

"'[DENUNCIANTE_1]' C/ '[DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/ VIOLENCIA (DENUNCIAS RECÍPROCAS)"

JUZGADO DE PAZ 4TA CIRC. CINCO SALTOS22/07/2026Sent. 413 · Interlocutoria

El Juzgado de Paz ordenó elevar denuncias recíprocas de violencia a la Unidad Procesal de Familia de Cipolletti para evaluación de riesgo por el Equipo Técnico Interdisciplinario. La resolución tomó en cuenta las audiencias con [DENUNCIANTE_1] y [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1], la conflictiva familiar expuesta y la necesidad de observar la dinámica familiar antes de adoptar una decisión más amplia. También hizo saber a ambas partes que deberán contar con patrocinio legal obligatorio para la continuidad del proceso. No ordenó exclusión ni prohibición de acercamiento en esta resolución.

Violencia familiarSaludAnonimizaciónFamiliaviolencia familiardenuncias reciprocasevaluacion riesgoequipo interdisciplinariopatrocinio letradofamilia

'[DENUNCIANTE_1] C/ [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL N° 17 2DA CIRC. - G. ROCA22/07/2026Sent. 668 · Definitiva

La Unidad Procesal de Familia ordenó medidas precautorias en una denuncia de violencia. Dispuso la prohibición de acercamiento de [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] hacia [DENUNCIANTE_1] y las niñas [FAMILIAR_1] y [FAMILIAR_2], con un radio general de 200 mts. y abstención de actos molestos o perturbadores por contacto directo, telefónico o virtual. Por la proximidad de las viviendas, aclaró que esa distancia no rige al permanecer, ingresar o retirarse de ellas y fijó 50 metros para los tránsitos fuera de los domicilios.

NNyAViolencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarprohibicion acercamientonnyaabstencion contactoviviendas proximasfamilia

'[DENUNCIANTE_1]' C/ '[DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/ VIOLENCIA (CONEX AL-00032-JP-2026)

UNIDAD PROCESAL N° 17 2DA CIRC. - G. ROCA22/07/2026Sent. 665 · Definitiva

La Unidad Procesal de Familia decretó una medida protectoria en una denuncia de violencia. Ordenó a [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] abstenerse de realizar actos molestos o perturbadores respecto de [DENUNCIANTE_1], tanto por contacto directo como por vías telefónicas o virtuales, bajo apercibimiento de desobediencia. La medida rige hasta que existan elementos que permitan modificarla y debe ser cumplida por denunciado y denunciante. La resolución también vinculó expedientes conexos de violencia y situación familiar, y ordenó notificar personalmente al demandado con habilitación de día y hora.

Violencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarabstencion perturbacionmedida protectoraexpedientes conexosdesobedienciafamilia
Anterior1 / 45Siguiente

La síntesis de ÍTERA Lex no sustituye el texto oficial; verificá contra el portal del PJ Río Negro.

Los documentos referenciados provienen de sus fuentes oficiales (SAIJ, PJ Río Negro, PJ Neuquén). ÍTERA Lex Tools facilita la búsqueda y consulta, enlazando directamente a la fuente oficial.

Un producto de ÍTERA Lex — software de gestión jurídica para estudios y abogados independientes. ÍTERA Lex

Acerca de ÍTERA Lex Tools© 2026 ÍTERA Lex Tools