Relación de consumo y destinatario final
Hay relación de consumo cuando existe vínculo jurídico entre proveedor y consumidor y los bienes o servicios se destinan a uso final propio, familiar o social.
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Hay relación de consumo cuando existe vínculo jurídico entre proveedor y consumidor y los bienes o servicios se destinan a uso final propio, familiar o social.
El ámbito de aplicación del derecho del consumidor está determinado por la relación de consumo, motivo por el que tanto el Código Civil y Comercial de la Nación como la Ley 24.240 determinan sus límites, quedando establecido que es el "vínculo jurídico entre un proveedor y un consumidor". El elemento diferenciado que define una relación de consumo radica en que los bienes o servicios adquiridos o utilizados sean como destinatario final, en beneficio propio o de su grupo familiar o social.(Voto del Dr. Apcarian sin disidencia)
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