C.D.V. C/ INSTITUTO PROVINCIAL DE SEGURO DE SALUD - IPROSS- S/ AMPARO - APELACIÓN
El Superior Tribunal de Justicia declaró inoficioso el tratamiento de la apelación de la Provincia contra la sentencia de amparo sobre cobertura farmacológica por Ipross. La decisión no revisó el fondo de la controversia sobre el porcentaje de cobertura ni la equivalencia terapéutica entre medicamentos: aplicó la regla de cuestión devenida abstracta. El Tribunal tomó el dictamen de Procuración y recordó que los órganos judiciales no deben pronunciarse cuando ya no existe un conflicto litigioso actual. En esas condiciones, cualquier decisión sobre los agravios de la Provincia sería meramente académica. Impuso costas por su orden, considerando que la amparista actuó con patrocinio de la Defensa Pública y que el requerido es un organismo estatal.
