P.D.N. (EN REPRESENTACION DE D.R.A.B.P) C/ INSTITUTO PROVINCIAL DE SEGURO DE SALUD (IPROSS) S/ AMPARO
El Superior Tribunal de Justicia hizo lugar parcialmente a la apelación de Fiscalía de Estado en un amparo de salud contra Ipross, pero solo para revocar el punto de costas y honorarios de la sentencia. Mantuvo, en lo sustancial, la protección que ordenaba autorizar y cubrir doce sesiones mensuales de terapia ocupacional para D.B.P. La Provincia alegaba improcedencia del amparo, falta de arbitrariedad, ausencia de documentación suficiente e intromisión en la auditoría de la obra social. El tribunal sostuvo que Ipross había autorizado parcialmente la prestación sin brindar razones técnicas suficientes frente a la indicación profesional. En cambio, aceptó el agravio sobre costas por aplicación del art. 19 del Código Procesal Constitucional. Costas por su orden.
