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Índice de jurisprudencia — Río Negro

Fallos del STJ

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11 – 20 de 53

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ALARCON, MARIA ALEJANDRA C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO (JEFATURA DE POLICIA) S/ ORDINARIO - CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - CONTENCIOSO - QUEJA

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº310/06/2026Sent. 65 · Interlocutoria

El Superior Tribunal de Justicia admitió la excusación del juez Ricardo A. Apcarian y mantuvo la integración actual del Tribunal para continuar el trámite de la queja. La decisión no decide el recurso de inaplicabilidad de ley ni la controversia contencioso-administrativa de fondo: sólo resuelve la composición del órgano jurisdiccional. El magistrado explicó que tomó conocimiento de la queja presentada por una letrada apoderada de la Provincia de Río Negro con quien mantiene relación de afinidad en primer grado. El Tribunal entendió que la causal fue expresada y encuadrada normativamente, y que aceptar la excusación era necesario para asegurar la imparcialidad de las decisiones. Por eso ordenó continuar los autos según su estado con la integración correspondiente.

publico_institucionalProcesalexcusacionintegracion tribunalimparcialidadafinidadjuez subrogantequeja

MORENO, HUGO ADRIAN C/ AMARO, FEDERICO S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - INAPLICABILIDAD DE LEY

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº310/06/2026Sent. 62 · Interlocutoria

El Superior Tribunal de Justicia declaró bien concedido el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la demandada y llamó autos al acuerdo. La decisión tiene alcance de admisibilidad: no resuelve todavía el fondo del accidente de trabajo ni la responsabilidad discutida, sino que habilita el tratamiento del recurso ya concedido por la Cámara. El examen preliminar constató que la presentación cumple la Acordada 9/23-STJ y, en principio, los requisitos formales del art. 63 de la Ley P 5631. El efecto práctico es que la causa queda radicada ante el STJ para resolver el recurso extraordinario, sin adelantar criterio sobre los agravios sustanciales que serán examinados en la etapa posterior.

Laboralinaplicabilidad de leyadmisibilidadaccidente trabajoacordada 9 2023requisitos formalesvia extraordinaria

HERNANDEZ, CLAUDIO ALEJANDRO C/ MUNICIPALIDAD DE ALLEN S/ ORDINARIO - RECLAMO LEY DE CONTRATO DE TRABAJO - INAPLICABILIDAD DE LEY

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº310/06/2026Sent. 66 · Interlocutoria

El Superior Tribunal de Justicia declaró bien concedido parcialmente el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley de la demandada y llamó autos al acuerdo. La decisión es estrictamente de admisibilidad: no resuelve aún el reclamo laboral ni define el alcance de la responsabilidad de la Municipalidad de Allen. El antecedente relevante es que la Cámara del Trabajo había declarado parcialmente admisible el recurso mediante interlocutorio del 05-05-26. En el examen preliminar, el STJ constató que la presentación cumplía la Acordada 9/23-STJ y, en principio, los requisitos formales del art. 63 de la Ley P 5631. El efecto práctico es la apertura parcial de la vía extraordinaria para que el Tribunal trate luego los agravios admitidos.

Laboralinaplicabilidad de leyadmisibilidad parcialreclamo laboralmunicipalidadacordada 9 2023via extraordinaria

VAZQUEZ, HUGO ALEJANDRO C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO (JEFATURA DE POLICIA) S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - CONTENCIOSO - QUEJA

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº310/06/2026Sent. 63 · Interlocutoria

El Superior Tribunal de Justicia admitió la excusación del juez Ricardo A. Apcarian y mantuvo la integración actual del Tribunal. La decisión se limita a la composición del órgano que continuará el trámite de la queja en el proceso contencioso-administrativo; no resuelve el recurso de inaplicabilidad de ley ni los agravios de fondo. El magistrado informó que la queja fue presentada por una letrada apoderada de la Provincia de Río Negro con quien mantiene una relación de afinidad en primer grado. El Tribunal consideró que la causal fue explicitada y encuadrada en el art. 28 del CPCyC, y que su aceptación preserva la garantía de imparcialidad. Por ello dispuso seguir entendiendo con la integración correspondiente y continuar los autos según su estado.

publico_institucionalProcesalexcusacionintegracion tribunalimparcialidadafinidadart 28 cpcyccontencioso administrativo

VILLARROEL, NICOLAS JUAN; ALVARADO, LEONARDO FABIÁN Y CALFULEO ALMONACID, FERNANDO C/ HOTELERIA DE LOS LAGOS S.A S/ ORDINARIO - INAPLICABILIDAD DE LEY

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº308/06/2026Sent. 57 · Interlocutoria

El Superior Tribunal de Justicia declaró bien concedido parcialmente el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley de la demandada y llamó autos al acuerdo. El pronunciamiento sólo abre la revisión extraordinaria en los términos admitidos por la Cámara: no decide todavía el fondo del reclamo ordinario laboral de los trabajadores contra la empleadora. El examen preliminar tomó como antecedente el interlocutorio del 12-05-26, que había declarado parcialmente admisible el recurso. El STJ verificó que, en principio, se encontraban cumplidos la Acordada 9/23-STJ y los recaudos formales exigidos por el art. 63 de la Ley P 5631. La consecuencia práctica es que el expediente queda en condiciones de acuerdo para tratar la cuestión extraordinaria admitida.

Laboralinaplicabilidad de leyadmisibilidad parciallaboralacordada 9 2023requisitos formalesvia extraordinaria

RUBIO, CRISTIAN ESTEBAN C/ HORIZONTE COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS GENERALES S.A. S/ ORDINARIO (L) - QUEJA

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº308/06/2026Sent. 61 · Definitiva

El Superior Tribunal de Justicia rechazó la queja del actor y dejó cerrada la vía extraordinaria de inaplicabilidad de ley en el reclamo laboral contra la aseguradora. Impuso costas. El recurrente sostenía que la denegatoria era arbitraria, dogmática e incongruente porque no habría tratado sus agravios sobre la sentencia definitiva, defensa en juicio, acceso a la justicia y fundamentación. El Tribunal no revisó el fondo del accidente ni la prueba: sostuvo que el recurso incumplía la Acordada 9/23-STJ, tanto por el límite formal de renglones como por falta de crítica concreta de todos los fundamentos autónomos de la denegatoria. Al no superar esos recaudos de admisibilidad, la queja fue rechazada.

Laboralquejaaccidente trabajoinaplicabilidad de leyacordada 9 2023limite renglonesfalta critica concreta

MALDONADO, JORGE ALBERTO C/ PROVINCIA DE RÍO NEGRO (LEGISLATURA) S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - QUEJA

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº308/06/2026Sent. 60 · Definitiva

El Superior Tribunal de Justicia declaró formalmente inadmisible el recurso extraordinario federal del actor contra la sentencia que había rechazado su queja en una causa contencioso-administrativa laboral. Impuso costas y reguló honorarios. El recurrente intentaba llevar a la Corte la discusión sobre la inadmisibilidad de la inaplicabilidad de ley vinculada a una excepción de inhabilitación de instancia. El Tribunal sostuvo que, aunque el recurso fue presentado en término y contra una decisión del máximo tribunal provincial, incumplía requisitos de la Acordada 4/07 de la CSJN: excedía límites formales, carecía de carátula adecuada y no contenía crítica concreta de todos los fundamentos independientes. Por ello no se abrió la vía federal.

publico_institucionalcontencioso_administrativo_laboralrecurso extraordinario federalacordada 4 2007habilitacion instanciaquejafalta critica concretahonorarios

GONZALEZ, ELVIO LEON C/ HORIZONTE COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS GENERALES S.A. Y PROVINCIA DE RIO NEGRO (JEFATURA DE POLICIA) S/ ORDINARIO - RECLAMO LEY DE RIESGO DE TRABAJO - ACCIDENTES DE TRABAJO - INAPLICABILIDAD DE LEY

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº308/06/2026Sent. 59 · Interlocutoria

El Superior Tribunal de Justicia declaró bien concedido parcialmente el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la demandada y llamó autos al acuerdo. La decisión abre parcialmente la instancia extraordinaria en un reclamo por accidente de trabajo, sin resolver todavía la cuestión sustancial ni revisar la prueba. El antecedente es que la Cámara del Trabajo de General Roca había declarado parcialmente admisible el recurso por interlocutorio del 22-04-26. En el control preliminar, el STJ verificó que la presentación cumplía la Acordada 9/23-STJ y, en principio, los requisitos formales del art. 63 de la Ley P 5631. El expediente queda así en condiciones de ser tratado por el Tribunal dentro del alcance concedido.

Laboralinaplicabilidad de leyadmisibilidad parcialaccidente trabajoacordada 9 2023requisitos formalesvia extraordinaria

WELLESCHIK, MAIA FLORENCIA C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO (MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DERECHOS HUMANOS) S/ MEDIDA CAUTELAR - QUEJA

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº308/06/2026Sent. 59 · Definitiva

El Superior Tribunal de Justicia rechazó la queja de la Provincia de Río Negro y mantuvo cerrada la vía extraordinaria contra la medida cautelar que limitó descuentos sobre los haberes de la actora. Impuso costas. La demandada sostenía que la cautelar era equiparable a sentencia definitiva porque alteraba el sistema provincial de descuentos y afectaba facultades del Poder Ejecutivo. El Tribunal no revisó el fondo de esa discusión: sostuvo que la queja incumplía la Acordada 9/23-STJ y no refutaba de modo preciso todos los fundamentos de la denegatoria, en especial el carácter cautelar, transitorio y no definitivo de la resolución. La invocación de arbitrariedad y defensa en juicio no bastó para abrir la instancia extraordinaria.

publico_institucionalcontencioso_administrativo_laboralquejamedida cautelardescuentos haberessentencia definitivaacordada 9 2023falta critica concreta

BIGLIERI, JULIO ENRIQUE C/ FEDERACIÓN PATRONAL SEGUROS S.A.U. S/ INCIDENTE REGULACION DE HONORARIOS POR ACTUACIÓN ANTE LA SRT (EXPTE. SRT N° 183236/25 DIAZ) - INAPLICABILIDAD DE LEY

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº302/06/2026Sent. 58 · Definitiva

El Superior Tribunal de Justicia hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley de los letrados Julio Enrique Biglieri y Cintia R. Gómez, anuló en lo pertinente la sentencia que fijaba honorarios en 5 JUS y reenvió la causa al tribunal de origen para una nueva determinación arancelaria. La discusión se centró en si correspondía remunerar, además de la actuación administrativa ante la SRT, el proceso judicial iniciado para determinar honorarios. El Tribunal remitió al precedente “Joos” y sostuvo que la actividad profesional se presume onerosa, que el proceso judicial constituye una labor autónoma y que la Cámara omitió regular esos honorarios y aplicar la Ley D 869 sin fundamentación. La decisión no fija el monto final: ordena nuevo pronunciamiento conforme a la normativa vigente.

Honorarios y costashonorariossrtinaplicabilidad de leynulidad reenvioley arancelesprecedente joos

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