E.M.N. C/ IPROSS S/ AMPARO - APELACIÓN
El Superior Tribunal de Justicia hizo lugar a la apelación de Fiscalía de Estado, revocó el párrafo de la sentencia que imponía costas a Ipross y dispuso costas por su orden; además, formuló un llamado de atención a la jueza de amparo por la tramitación dilatada del expediente. El caso se había tornado abstracto por el fallecimiento de la amparista, que reclamaba cobertura de radioterapia y quimioterapia. El Tribunal sostuvo que no había vencidos ni derrotados y que la decisión de costas carecía de base normativa suficiente. También señaló una anomalía grave: el amparo permaneció más de un año sin actividad útil pese a su naturaleza urgente, y la sentencia consignó erróneamente la fecha de fallecimiento.
