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Índice de jurisprudencia — Río Negro

Fallos jurisdiccionales

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'[DENUNCIANTE_1]' (EN REPRESENTACION DE [VÍCTIMA_1]) C/ '[DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL N°11 VIEDMA (JUZGADO DE FAMILIA N°11)20/07/2026Sent. 303 · Definitiva

La jueza dispuso tener presentes medidas de protección dictadas en turno a favor de la adolescente [VÍCTIMA_1]. La resolución principal prohibió a [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] realizar actos de violencia o comunicaciones por cualquier red social contra [VÍCTIMA_1], y le prohibió acercarse a ella, a [DENUNCIANTE_1] y al grupo familiar conviviente a una distancia inferior a 300 metros. Las medidas rigen hasta el día 18/10/2026. En la decisión final, la jueza tuvo presentes esas medidas y su plazo, dio vista a la Defensora de Menores y ordenó registro y protocolización.

NNyAViolencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiaradolescenteprohibicion acercamientoredes socialesdefensora menores

M.E.B. (POR SI Y EN REP) C/ S.C.R. S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL N°11 VIEDMA (JUZGADO DE FAMILIA N°11)17/07/2026Sent. 301 · Definitiva

La Unidad Procesal de Familia ordenó excluir a C.S. de la vivienda y mantener allí a E.B.M. con sus hijos, tras la denuncia presentada. Dispuso una prohibición de contacto y acercamiento inferior a 300 metros, custodia policial durante 72 horas y rondas frecuentes por otros siete días. Las medidas preventivas rigen hasta el 15 de octubre de 2026. También autorizó el retiro acompañado de efectos personales, dio intervención al SAT, al equipo interdisciplinario y al organismo de niñez, y fijó audiencia para evaluar la continuidad o modificación de la protección.

NNyAViolencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarexclusión del hogarprohibición de acercamientocustodia policialniños

'[DENUNCIANTE_1]' (EN REP. [FAMILIAR_1]) C/ '[DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' Y OTRA S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL N°11 VIEDMA (JUZGADO DE FAMILIA N°11)15/07/2026Sent. 297 · Definitiva

No pudimos hacer la síntesis ÍTERA: no hay contenido oficial suficiente disponible en el PJ de Río Negro para este fallo.

R.N.G. C/ M.A.D. S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL N°11 VIEDMA (JUZGADO DE FAMILIA N°11)07/07/2026Sent. 292 · Definitiva

La Unidad Procesal de Familia dictó medidas preventivas en favor de N.G.R. frente a A.D.M. en una denuncia de violencia familiar. Prohibió todo acto de violencia, hostigamiento o contacto por cualquier medio, y fijó una prohibición de acercamiento menor a 300 metros respecto de la denunciante. Aclaró que la perimetral queda exceptuada durante el horario laboral por compartir edificio, aunque allí debe evitarse todo contacto. Las medidas rigen hasta el 07 de octubre de 2026 y se fijó audiencia para el 20 de julio de 2026.

Violencia familiarAnonimizaciónFamiliafamiliaviolencia familiarprohibicion contactoprohibicion acercamientoperimetralaudiencia

K.C.A. C/ G.J.D. S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL N°11 VIEDMA (JUZGADO DE FAMILIA N°11)06/07/2026Sent. 289 · Definitiva

El Juzgado de Familia tuvo presentes las medidas preventivas ya dispuestas y fijó una audiencia para revisar la situación denunciada. Las medidas vigentes prohíben a J.D.G. realizar actos de violencia o comunicarse con C.A.K. por cualquier vía, y le impiden acercarse a menos de 300 metros hasta el 05/10/2026. La audiencia del 15 de julio de 2026 busca tomar mayor conocimiento del caso, informar a las partes y evaluar si corresponde ampliar o modificar esas medidas.

Violencia familiarNNyAAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarprohibicion de acercamiento300 metrosaudienciamedidas preventivas

F.E.N. C/ G.J.L. S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL N°11 VIEDMA (JUZGADO DE FAMILIA N°11)29/06/2026Sent. 280 · Definitiva

No pudimos hacer la síntesis ÍTERA: no hay contenido oficial suficiente disponible en el PJ de Río Negro para este fallo.

C.G.E.D.C. Y B.M.S. S/ DIVORCIO

UNIDAD PROCESAL N°11 VIEDMA (JUZGADO DE FAMILIA N°11)25/06/2026Sent. 279 · Definitiva

El tribunal homologó en el proceso C.G.E.D.C. Y B.M.S. S/ DIVORCIO. La decisión encuadra el caso en materia familia y resuelve el punto central planteado por las partes según el alcance del trámite. El dispositivo ordenó: RESUELVO: I.- Decretar el divorcio de los Sres. E.D.C.C.G., (DNI N° 5.), y M.S.B., (DNI N° 1.), de conformidad con lo dispuesto por el art. 124 y cc. del CPFRN y art. La síntesis queda limitada a esa resolución oficial y a sus consecuencias procesales inmediatas, sin extenderse a cuestiones ajenas al texto de la sentencia. La intervención se presenta como una respuesta jurisdiccional específica, con efectos acotados al expediente y a las medidas dispuestas.

NNyAFamiliadivorciofamiliadecreta divorcio

I.M.S. C/ A.Y.D.L.A. S/ MODIFICACION DE ACUERDO

UNIDAD PROCESAL N°11 VIEDMA (JUZGADO DE FAMILIA N°11)24/06/2026Sent. 275 · Definitiva

El tribunal rechazó en el proceso I.M.S. C/ A.Y.D.L.A. S/ MODIFICACION DE ACUERDO. La decisión encuadra el caso en materia familia y resuelve el punto central planteado por las partes según el alcance del trámite. El dispositivo ordenó: RESUELVO: I) Rechazar la pretensión de cese de cuota alimentaria interpuesta por el Sr. M.S.I. (DNI N° 3.) por los fundamentos expuestos en los considerandos precedentes.- II) Modificar la cuota alimentaria establecida. La síntesis queda limitada a esa resolución oficial y a sus consecuencias procesales inmediatas, sin extenderse a cuestiones ajenas al texto de la sentencia. La intervención se presenta como una respuesta jurisdiccional específica, con efectos acotados al expediente y a las medidas dispuestas.

NNyAFamiliafamiliaregula honorarios

Z.M.G.N.B. C/ J.E.A. S/ DIVORCIO

UNIDAD PROCESAL N°11 VIEDMA (JUZGADO DE FAMILIA N°11)19/06/2026Sent. 268 · Definitiva

El tribunal homologó en el proceso Z.M.G.N.B. C/ J.E.A. S/ DIVORCIO. La decisión encuadra el caso en materia familia y resuelve el punto central planteado por las partes según el alcance del trámite. El dispositivo ordenó: RESUELVO: I.- Decretar el divorcio del Sr. E.A.J., (DNI N° 3.) y de la Sra. G.N.B.Z.M., (DNI N° 3.), de conformidad con lo dispuesto por el art. 124 y cc. del CPF. La síntesis queda limitada a esa resolución oficial y a sus consecuencias procesales inmediatas, sin extenderse a cuestiones ajenas al texto de la sentencia. La intervención se presenta como una respuesta jurisdiccional específica, con efectos acotados al expediente y a las medidas dispuestas.

NNyAFamiliadivorciofamiliadecreta divorcio

P.K.A. C/ G.A.R. S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL N°11 VIEDMA (JUZGADO DE FAMILIA N°11)18/06/2026Sent. 261 · Definitiva

El tribunal dispuso en el proceso P.K.A. C/ G.A.R. S/ VIOLENCIA. La decisión encuadra el caso en materia familia y resuelve el punto central planteado por las partes según el alcance del trámite. El dispositivo ordenó: Líbrese oficio a la Comisaría de la Familia con habilitación de días y horas inhábiles.- 4.- AUTORIZAR a A.R.G., con acompañamiento de personal policial de la Comisaría N° 38, a retirar del. La síntesis queda limitada a esa resolución oficial y a sus consecuencias procesales inmediatas, sin extenderse a cuestiones ajenas al texto de la sentencia. La intervención se presenta como una respuesta jurisdiccional específica, con efectos acotados al expediente y a las medidas dispuestas.

Violencia familiarFamiliaviolencia familiarfamiliacesa medidas proteccion
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