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Índice de jurisprudencia — Río Negro

Fallos jurisdiccionales

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Índice indexado · 446 resultados

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'[DENUNCIANTE_1]' C/ '[DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/ VIOLENCIA

JUZGADO DE PAZ 4TA CIRC. CINCO SALTOS21/07/2026Sent. 411 · Interlocutoria

El Juzgado de Paz dispuso medidas cautelares en una denuncia de violencia familiar. Ordenó la exclusión del hogar familiar de [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] y una prohibición de acercamiento a [DENUNCIANTE_1] y a su vivienda, con distancia no menor a QUINIENTOS (500) metros. También ordenó tratamiento psicoterapéutico obligatorio para el denunciado, asistencia médica o psicológica para la denunciante, rondines policiales por QUINCE (15) DÍAS y acompañamiento para efectivizar la exclusión. Las medidas son provisorias y rigen por NOVENTA (90) DÍAS.

Violencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarexclusion hogarprohibicion acercamientorondines policialestratamiento psicoterapeutico

'[DENUNCIANTE_1] C/ [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] Y [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_2] S/ VIOLENCIA'

UNIDAD PROCESAL N° 17 2DA CIRC. - G. ROCA21/07/2026Sent. 661 · Definitiva

La jueza dispuso acumular una nueva denuncia de violencia familiar al expediente RO-02127-F-2026. La resolución tuvo alcance registral y no dictó medidas protectorias nuevas: recibió la denuncia de la Comisaría de la Familia, habilitó feria judicial y ordenó que las actuaciones se acumulen al trámite ya indicado por tratarse de la misma conflictiva procesal. También dejó constancia de la carátula y del expediente al que se remiten las actuaciones para continuar el trámite.

Violencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiaracumulaciondenunciaregistroferia judicial

'[DENUNCIANTE_1]' C/ '[DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/ VIOLENCIA

JUZGADO DE PAZ 2DA CIRC. ALLEN21/07/2026Sent. 370 · Interlocutoria

El Juzgado de Paz rechazó adoptar medidas urgentes en una denuncia de violencia familiar y ordenó remitir las actuaciones a la Unidad Procesal de Familia en turno de General Roca. La resolución indicó que no existían medidas urgentes para tomar en razón de la denuncia de [DENUNCIANTE_1] y que el propio denunciante manifestó la existencia de un proceso en curso. La decisión tuvo alcance procesal y no resolvió el fondo de la problemática familiar o alimentaria referida en el texto.

Violencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarrechazo cautelarremisionproceso en cursojuzgado paz

'[DENUNCIANTE_1]' C/ '[DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL N°7 VIEDMA (JUZGADO DE FAMILIA N°7)21/07/2026Sent. 315 · Definitiva

La jueza de familia dictó medidas cautelares en una denuncia de violencia familiar. Ordenó a [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] no realizar actos de violencia de ningún tipo contra [DENUNCIANTE_1], prohibió su acercamiento en un radio de 300 metros respecto de la denunciante y de su domicilio, y autorizó a [DENUNCIANTE_1] a retirar efectos personales con acompañamiento policial. Las medidas rigen hasta el día 21/10/2026. La resolución también dispuso intervención policial ante incumplimientos y asistencia letrada para las partes.

Violencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarprohibicion acercamientoretiro efectosmedidas cautelaresacompanamiento policial

SENAF EN REPRESENTACION DE [VÍCTIMA_1] Y [NOMBRE_1] C/ [NOMBRE_2] S/ VIOLENCIA

JUZGADO DE FAMILIA LUIS BELTRAN21/07/2026Sent. 697 · Interlocutoria

La jueza de familia prorrogó medidas protectorias en una denuncia de violencia familiar vinculada a [VÍCTIMA_1] y el niño [VÍCTIMA_2]. Mantuvo la prohibición de acercamiento en un radio de 500 mts. y la prohibición de ingreso o permanencia del Sr. [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] en el domicilio familiar. Las medidas rigen por el TÉRMINO DE 60 DÍAS desde la notificación. También requirió a las partes acreditar abordaje socio terapéutico e intimó a funcionarias de SENAF a cumplir lo ordenado, bajo apercibimiento de multa de $50.000.-.

NNyAViolencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarprorroga medidasprohibicion acercamientoexclusion domiciliosenafabordaje terapeutico

'[DENUNCIANTE_1] C/ [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL N° 11 2DA CIRC. - G. ROCA21/07/2026Sent. 454 · Interlocutoria

La jueza de familia fijó una cuota alimentaria provisoria a favor del hijo de [DENUNCIANTE_1]. Ordenó que [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] deposite el 20% del total de sus ingresos por todo concepto, descontados únicamente los rubros obligatorios de ley, con un piso equivalente al 100% del SMVM. La cuota debe depositarse del 1 al 10 de cada mes en una cuenta judicial del Banco Patagonia y rige por 180 días, plazo en el que deberán iniciarse las acciones de fondo por alimentos definitivos.

NNyAAnonimizaciónFamiliaalimentos provisorioscuota alimentariaporcentaje ingresossmvmbanco patagonia

'[DENUNCIANTE_1] EN REPRESENTACION DE SU HIJA [VÍCTIMA_1] C/ [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL N° 11 2DA CIRC. - G. ROCA21/07/2026Sent. 518 · Definitiva

La jueza de familia decretó medidas preventivas para proteger a la adolescente [VÍCTIMA_1]. Ordenó al Sr. [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] una prohibición de acercamiento a un radio de 200 mts. de la adolescente y de la vivienda que ocupa, y le prohibió efectuar actos perturbadores directos o indirectos. La medida rige hasta que existan elementos en autos que permitan modificarla. Además, ordenó notificación personal, oficio a la Regional Segunda para ubicar y notificar al denunciado, vista al Defensor de Menores y ratificación de la denuncia por la adolescente.

NNyAViolencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiaradolescenteprohibicion acercamientomedida preventivadefensor menores

[DENUNCIANTE_1] C/ [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL N°7 SAN CARLOS DE BARILOCHE (JUZGADO DE FAMILIA N°7)21/07/2026Sent. 370 · Definitiva

La jueza de feria dispuso medidas protectorias para [DENUNCIANTE_1] en una denuncia de violencia familiar. Prohibió a [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] acercarse a menos de 200 metros de los lugares donde la denunciante desarrolle actividades laborales, educativas o de esparcimiento, y prohibió actos molestos, perturbadores o contactos personales, telefónicos o digitales. También ordenó intervención del SAT y la entrega inmediata del dispositivo Botón Antipánico a favor de [DENUNCIANTE_1]. El uso del dispositivo se comunicó hasta el día 21 de noviembre de 2026.

Violencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarboton antipanicoprohibicion acercamientosatmedidas protectorias

[DENUNCIANTE_1] C/ [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] S/VIOLENCIA

JUZGADO DE PAZ 4TA CIRC. CTE. CORDERO21/07/2026Sent. 60 · Interlocutoria

El Juzgado de Paz ordenó medidas cautelares en una denuncia de violencia familiar. Dispuso que [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] se abstenga de ejercer actos de violencia física, psicológica, verbal, económica o de otra índole contra [DENUNCIANTE_1], y también prohibió conductas que escalen el conflicto mientras subsista la convivencia. Tuvo presente que la denunciante no pidió por el momento la exclusión del hogar. Además, ordenó terapia psicológica para el denunciado, atención psicológica para la Sra. [DENUNCIANTE_1], oficio policial urgente y elevación al juez de familia en turno.

Violencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarmedidas cautelaresabstencion violenciaterapia psicologicajuzgado paz

A.K.A. C/ R.M.W. S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL N° 9 SAN CARLOS DE BARILOCHE ( JUZGADO DE FAMILIA N°9)21/07/2026Sent. 253 · Definitiva

La jueza de familia dispuso una prohibición de acercamiento recíproca entre A.K.A. y R.M.W. en actuaciones de violencia familiar. La medida alcanza los lugares donde realizan actividades y un radio de 200 metros, e incluye la prohibición de contacto físico, telefónico, por correo electrónico o por cualquier medio que implique intromisión injustificada. La resolución aclaró que no puede afectar el derecho y deber de comunicación de la niña con sus progenitores. Las medidas rigen desde la fecha de la resolución y hasta el día 21/10/26 inclusive.

NNyAViolencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarmedidas reciprocasprohibicion acercamientoregimen comunicacionbariloche

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