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Índice de jurisprudencia — Río Negro

Fallos jurisdiccionales

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'[DENUNCIANTE_1]' (EN REPRESENTACION DE [VÍCTIMA_1]) C/ '[DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL N°11 VIEDMA (JUZGADO DE FAMILIA N°11)20/07/2026Sent. 303 · Definitiva

La jueza dispuso tener presentes medidas de protección dictadas en turno a favor de la adolescente [VÍCTIMA_1]. La resolución principal prohibió a [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] realizar actos de violencia o comunicaciones por cualquier red social contra [VÍCTIMA_1], y le prohibió acercarse a ella, a [DENUNCIANTE_1] y al grupo familiar conviviente a una distancia inferior a 300 metros. Las medidas rigen hasta el día 18/10/2026. En la decisión final, la jueza tuvo presentes esas medidas y su plazo, dio vista a la Defensora de Menores y ordenó registro y protocolización.

NNyAViolencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiaradolescenteprohibicion acercamientoredes socialesdefensora menores

M.E.B. (POR SI Y EN REP) C/ S.C.R. S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL N°11 VIEDMA (JUZGADO DE FAMILIA N°11)17/07/2026Sent. 301 · Definitiva

La Unidad Procesal de Familia ordenó excluir a C.S. de la vivienda y mantener allí a E.B.M. con sus hijos, tras la denuncia presentada. Dispuso una prohibición de contacto y acercamiento inferior a 300 metros, custodia policial durante 72 horas y rondas frecuentes por otros siete días. Las medidas preventivas rigen hasta el 15 de octubre de 2026. También autorizó el retiro acompañado de efectos personales, dio intervención al SAT, al equipo interdisciplinario y al organismo de niñez, y fijó audiencia para evaluar la continuidad o modificación de la protección.

NNyAViolencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarexclusión del hogarprohibición de acercamientocustodia policialniños

'[DENUNCIANTE_1]' (EN REP. DE [VÍCTIMA_1]) C/ '[DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL N°11 VIEDMA (JUZGADO DE FAMILIA N°11)13/07/2026Sent. 183 · Interlocutoria

La jueza prorrogó hasta el 13 de octubre de 2026 las medidas de protección dispuestas en favor del adolescente [VÍCTIMA_1] frente a [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]. Mantuvo la prohibición de acercamiento a menos de 300 metros, la prohibición de ingresar al domicilio y el cese de conductas violentas o perturbadoras. Además fijó audiencias separadas para el 16 de julio a fin de conocer la situación y evaluar si corresponde ampliar o modificar las medidas. La prórroga tuvo carácter preventivo.

NNyAViolencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarproteccion nnyaprorroga medidasprohibicion acercamientoperimetro 300 metrosaudiencia

'[DENUNCIANTE_1]' C/ '[DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL N°11 VIEDMA (JUZGADO DE FAMILIA N°11)13/07/2026Sent. 182 · Interlocutoria

La jueza amplió las medidas cautelares dictadas ante la denuncia de [DENUNCIANTE_1] y ordenó su reingreso al hogar una vez excluido [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1], con intervención policial y del Sistema de Abordaje Territorial. También intimó al denunciado a acreditar en diez días el inicio de tratamiento psicológico y fijó audiencias separadas para el 23 de julio de 2026. La resolución mantuvo las restantes medidas protectorias y su plazo de vigencia. El tratamiento puede cumplirse en el ámbito público o privado.

Violencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarmedidas proteccionreingreso hogarexclusion hogartratamiento psicologicosat

R.N.G. C/ M.A.D. S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL N°11 VIEDMA (JUZGADO DE FAMILIA N°11)07/07/2026Sent. 292 · Definitiva

La Unidad Procesal de Familia dictó medidas preventivas en favor de N.G.R. frente a A.D.M. en una denuncia de violencia familiar. Prohibió todo acto de violencia, hostigamiento o contacto por cualquier medio, y fijó una prohibición de acercamiento menor a 300 metros respecto de la denunciante. Aclaró que la perimetral queda exceptuada durante el horario laboral por compartir edificio, aunque allí debe evitarse todo contacto. Las medidas rigen hasta el 07 de octubre de 2026 y se fijó audiencia para el 20 de julio de 2026.

Violencia familiarAnonimizaciónFamiliafamiliaviolencia familiarprohibicion contactoprohibicion acercamientoperimetralaudiencia

K.C.A. C/ G.J.D. S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL N°11 VIEDMA (JUZGADO DE FAMILIA N°11)06/07/2026Sent. 289 · Definitiva

El Juzgado de Familia tuvo presentes las medidas preventivas ya dispuestas y fijó una audiencia para revisar la situación denunciada. Las medidas vigentes prohíben a J.D.G. realizar actos de violencia o comunicarse con C.A.K. por cualquier vía, y le impiden acercarse a menos de 300 metros hasta el 05/10/2026. La audiencia del 15 de julio de 2026 busca tomar mayor conocimiento del caso, informar a las partes y evaluar si corresponde ampliar o modificar esas medidas.

Violencia familiarNNyAAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarprohibicion de acercamiento300 metrosaudienciamedidas preventivas

S.M.F.E. Y M.D.A. S/ INSCRIPCION DE MATRIMONIO DE EXTRAÑA JURISDICCION

UNIDAD PROCESAL N°11 VIEDMA (JUZGADO DE FAMILIA N°11)02/07/2026Sent. 166 · Interlocutoria

El Juzgado ordenó inscribir en Río Negro el matrimonio celebrado en extraña jurisdicción entre F.E.S.M. y A.M.D. Libró oficio a la Dirección del Registro Civil y Capacidad de las Personas para que practicara la inscripción con los recaudos de ley. Impuso las costas por su orden y reguló los honorarios profesionales de la Dra. Verónica Esther López en el equivalente a 5 JUS, con notificación a Caja Forense y cumplimiento de la Ley 869.

Procesalregistro civilmatrimonioextraña jurisdiccion

G.L.E. C/ F.C.G. S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL N°11 VIEDMA (JUZGADO DE FAMILIA N°11)01/07/2026Sent. 161 · Interlocutoria

El juzgado ordenó medidas de protección en una denuncia de violencia familiar. Hizo saber a C.G.F. que debe cesar toda conducta violenta contra L.E.G. y dispuso una prohibición de acercamiento en un radio de 300 metros del domicilio de la denunciante, su lugar de estudio o trabajo y demás espacios indicados en la orden. La decisión se mantiene en el plano preventivo: no declara probado el fondo de los hechos denunciados, sino que fija restricciones cautelares y apercibimientos.

Violencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarprohibicion acercamientocautelar

U.G.M. C/ M.J.G. Y OTROS S/ ALIMENTOS

UNIDAD PROCESAL N°11 VIEDMA (JUZGADO DE FAMILIA N°11)25/06/2026Sent. 149 · Interlocutoria

El tribunal aprobó en el proceso U.G.M. C/ M.J.G. Y OTROS S/ ALIMENTOS. La decisión encuadra el caso en materia familia y resuelve el punto central planteado por las partes según el alcance del trámite. El dispositivo ordenó: RESUELVO: I.- Aprobar la liquidación presentada por la actora en fecha 02 de junio de 2025, por la suma de $1.100.198,09 en concepto de alimentos adeudados por el progenitor Sr. J.G.M. (DNI. La síntesis queda limitada a esa resolución oficial y a sus consecuencias procesales inmediatas, sin extenderse a cuestiones ajenas al texto de la sentencia. La intervención se presenta como una respuesta jurisdiccional específica, con efectos acotados al expediente y a las medidas dispuestas.

Familiaalimentosfamiliaaprueba liquidacion

C.G.E.D.C. Y B.M.S. S/ DIVORCIO

UNIDAD PROCESAL N°11 VIEDMA (JUZGADO DE FAMILIA N°11)25/06/2026Sent. 279 · Definitiva

El tribunal homologó en el proceso C.G.E.D.C. Y B.M.S. S/ DIVORCIO. La decisión encuadra el caso en materia familia y resuelve el punto central planteado por las partes según el alcance del trámite. El dispositivo ordenó: RESUELVO: I.- Decretar el divorcio de los Sres. E.D.C.C.G., (DNI N° 5.), y M.S.B., (DNI N° 1.), de conformidad con lo dispuesto por el art. 124 y cc. del CPFRN y art. La síntesis queda limitada a esa resolución oficial y a sus consecuencias procesales inmediatas, sin extenderse a cuestiones ajenas al texto de la sentencia. La intervención se presenta como una respuesta jurisdiccional específica, con efectos acotados al expediente y a las medidas dispuestas.

NNyAFamiliadivorciofamiliadecreta divorcio
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