SEGUROS - RESPONSABILIDAD DEL ASEGURADOR - TASAS DE INTERÉS - DOCTRINA DEL SUPERIOR TRIBUNAL
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Síntesis ÍTERA pendiente. Abrí el texto oficial para leer el criterio publicado por el PJ Río Negro.
“En materia de seguros la Corte Suprema ha destacado que la función de control, en cuanto al régimen económico y técnico de la actividad, en salvaguarda de la fe pública y de la estabilidad del mercado asegurador, le corresponde a la Superintendencia de Seguros de la Nación (cf. CSJN., Fallos: 313:928). Consecuentemente, le ha reconocido a ese organismo una razonable amplitud para apreciar los factores y datos técnicos que entran en juego en la materia, habida cuenta de que la función social del seguro exige que, como autoridad de control, la Superintendencia disponga de los medios indispensables para salvaguardar los fines que le son propios y el bien común (cf.CSJN.,Fallos: 296:183; 316:188)”.(Voto del Dr. Barotto, Dr. Mansilla, Dra. Zaratiegui y Dr. Apcarian sin disidencia)
La síntesis de ÍTERA Lex no sustituye el texto oficial; verificá contra el portal del PJ Río Negro.