Excusación judicial e imparcialidad de los magistrados
La excusación busca asegurar jueces imparciales e independientes y procede ante causales legales o motivos graves de decoro o delicadeza.
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La excusación busca asegurar jueces imparciales e independientes y procede ante causales legales o motivos graves de decoro o delicadeza.
La razón de ser del instituto estriba en el objetivo de asegurar una recta administración de justicia y una conducta imparcial e independiente de los magistrados, obligados a actuar objetivamente y con neutralidad, así como hacer insospechables sus decisiones. En orden a ello, la ley faculta y exige a los jueces inhibirse de entender en un proceso si se configura uno de los presupuestos previstos en el art. 15 del CPCyC, o bien si existe otra causa, fundada en motivos graves de decoro o delicadeza (art. 28 del CPCyC).(Voto del Dr. Barotto, Dra. Criado, Dr. Ceci, Dr. Apcarian y Dra. Perez Pysny)
La excusación busca asegurar imparcialidad judicial y permite o exige inhibirse cuando existe causal legal o motivos graves de decoro o delicadeza.
La razón de ser del instituto de la excusación estriba en el objetivo de asegurar una recta administración de justicia y una conducta imparcial e independiente de los magistrados, obligados a actuar objetivamente y con neutralidad, así como hacer insospechables sus decisiones. En orden a ello, la ley faculta y exige a los jueces inhibirse de entender en un proceso si se configura uno de los presupuestos previstos en el art. 17 del CPCyC, o bien si existe otra causa, fundada en motivos graves de decoro o delicadeza (art. 30 CPCyC).(Voto de la Dra. Piccinini, Dra. Criado, Dr. Apcarian y Dr. Ceci sin disidencia)
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La síntesis de ÍTERA Lex no sustituye el texto oficial; verificá contra el portal del PJ Río Negro.