Crítica insuficiente y cuestiones probatorias en queja
La queja se rechaza cuando falta crítica clara del error y el planteo carece de contenido jurídico ajeno a la valoración probatoria.
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La queja se rechaza cuando falta crítica clara del error y el planteo carece de contenido jurídico ajeno a la valoración probatoria.
La falta de una crítica clara y convincente, la reiteración de observaciones sin contenido jurídico ni evidencia de la existencia de error en la denegatoria de la Cámara, sumado a la carencia de un planteo de derecho que no recaiga en la valoración fáctica probatoria, a lo que se agrega el incumplimiento de la Ac. 09/23, provoca el inexorable rechazo de la queja.(Voto de la Dra. Piccinini, Dra. Criado y Dr. Barotto sin disidencia)
Síntesis ÍTERA pendiente. Abrí el texto oficial para leer el criterio publicado por el PJ Río Negro.
La queja deducida revela la falta de una crítica jurídica formalmente apta para revertir las razones que andamiaron la denegatoria. Los planteos remiten indefectiblemente a valorar nuevamente cuestiones de hecho y prueba, razón por la que resulta inexorable su rechazo.(Voto del Dr. Apcarian, Dra. Piccinini y Dr. Barotto sin disidencia)
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La síntesis de ÍTERA Lex no sustituye el texto oficial; verificá contra el portal del PJ Río Negro.