Negrita y subrayado frente a requisitos de acordada
El uso de negrita y subrayado no justifica apartarse de las pautas formales establecidas para los escritos judiciales.
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El uso de negrita y subrayado no justifica apartarse de las pautas formales establecidas para los escritos judiciales.
La recurrente insiste con el uso de negrita y subrayado, justificándolo en la existencia de una mejor distinción para el juzgador, cuando ello resulta claramente contrapuesto a laspautas establecidas en el art. 1 inc B punto 1 de la Acordada 09/23-STJ.(Voto de la Dra. Piccinini, Dra. Criado y Dr. Barotto sin disidencia)
La queja se rechaza cuando falta crítica clara del error y el planteo carece de contenido jurídico ajeno a la valoración probatoria.
La falta de una crítica clara y convincente, la reiteración de observaciones sin contenido jurídico ni evidencia de la existencia de error en la denegatoria de la Cámara, sumado a la carencia de un planteo de derecho que no recaiga en la valoración fáctica probatoria, a lo que se agrega el incumplimiento de la Ac. 09/23, provoca el inexorable rechazo de la queja.(Voto de la Dra. Piccinini, Dra. Criado y Dr. Barotto sin disidencia)
Síntesis ÍTERA pendiente. El criterio oficial todavía no está capturado en el índice; abrí la fuente oficial del PJ Río Negro.
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La síntesis de ÍTERA Lex no sustituye el texto oficial; verificá contra el portal del PJ Río Negro.