Recusación sin sentencia definitiva
El rechazo de la recusación no habilita revisión extraordinaria si no concluye el pleito, no impide su trámite ni decide el fondo.
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El rechazo de la recusación no habilita revisión extraordinaria si no concluye el pleito, no impide su trámite ni decide el fondo.
Resultan insuficientes los argumentos referidos a la vulneración de la garantía constitucional de doble instancia y la violación del derecho de defensa, debido a que el rechazo de la recusación no concluye el pleito ni impide su prosecución y mucho menos decide sobre el fondo del asunto.(Voto del Dr. Barotto, Dra. Criado y Dr. Apcarian sin disidencia)
El recurso extraordinario federal es insuficiente si invoca garantías en abstracto sin precisar la cuestión federal ni su afectación concreta.
La defensa no se hace cargo de demostrar la arbitrariedad quedenuncia, sino que desarrolla consideraciones generales, pero no las relaciona debidamentecon las circunstancias comprobadas en autos. En suma, omite desarrollar en forma clara yprecisa cuál es la cuestión federal involucrada en el caso, puesto que su fundamento consisteen afirmar vagamente que se encontrarían vulnerados ciertos principios y garantías que gozande amparo constitucional, mas no explica el alcance o la manera en que se habría concretadotal afectación, lo que priva a su discurso de la razonable motivación con miras a alcanzar lainstancia extraordinaria pretendida.(Voto de la Dra. Piccinini, Dra. Criado, Dr. Barotto, Dr. Apcarian y Dr. Ceci)
La síntesis de ÍTERA Lex no sustituye el texto oficial; verificá contra el portal del PJ Río Negro.