Tasa municipal y legalidad en la determinación de oficio
La determinación municipal de oficio del Derecho de Publicidad y Propaganda vulnera la legalidad tributaria si transgrede las competencias administrativas específicas.
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La determinación municipal de oficio del Derecho de Publicidad y Propaganda vulnera la legalidad tributaria si transgrede las competencias administrativas específicas.
Avalar las resoluciones y disposiciones municipales que determinaron de oficio una deuda tributaria de la firma demandante por las tasas denominadas “Derecho de Publicidad y Propaganda", como pretende la Municipalidad, significaría no solo comprometer la presunción de legitimidad que respalda los actos administrativos del poder administrador, sino también transgredir las competencias específicas establecidas en materia administrativa y vulnerar el principio de legalidad tributaria. (Voto del Dr. Apcarian sin disidencia)
La tasa municipal puede ser establecida por el municipio, pero el debate relevante es si puede delegar en una empresa privada tareas públicas para determinar hechos imponibles.
En el presente caso el debate no radica en la facultad de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche para establecer una tasa o derechos de publicidad y propaganda, sino en la posibilidad de delegar en un particular (o empresa privada) funciones públicas del Estado, como el relevamiento, verificación y constatación de los hechos imponibles para la determinación de la mencionada tasa. (Voto del Dr. Apcarian sin disidencia)
La síntesis de ÍTERA Lex no sustituye el texto oficial; verificá contra el portal del PJ Río Negro.