Juicio abreviado y prescripción por cambio de calificación
Una sentencia homologatoria de juicio abreviado es improponible si el cambio fáctico y de calificación muestra que la acción por abuso sexual simple estaba prescripta.
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Una sentencia homologatoria de juicio abreviado es improponible si el cambio fáctico y de calificación muestra que la acción por abuso sexual simple estaba prescripta.
El ocultamiento de los datos a la magistratura, para el caso, su cronología, ha provocado una sentencia homologatoria de un juicio abreviado que, atendiendo al derrotero procesal, resultaba improponible sencillamente porque, con el cambio del supuesto fáctico y la consiguiente modificación de la calificación, la acción correspondiente al delito de abuso sexual simple estaba prescripta al momento de realizarse la denuncia. (Voto de la Dra. Piccinini sin disidencia)
El error judicial procede cuando una sentencia firme se originó en información incompleta que impidió advertir la prescripción de la acción.
La sentencia condenatoria firme ha sido fruto del error judicial provocado por la ausencia de información de calidad, que, de haber ingresado leal y completamente, habría permitido a la señora Jueza tener en consideración lo ocurrido en la audiencia, oportunidad en la que se reformuló el hecho, y su subsunción en el tipo de abuso sexual simple, luego advertir la fecha de comisión del hecho y la fecha de la denuncia, para seguidamente analizar de oficio si la acción pervivía o había fenecido, lo que obviamente no ocurrió y he allí el error que procede restañar. (Voto de la Dra. Piccinini sin disidencia)
La síntesis de ÍTERA Lex no sustituye el texto oficial; verificá contra el portal del PJ Río Negro.