RECURSO DE INAPLICABILIDAD DE LEY - IMPROCEDENCIA - HONORARIOS PROFESIONALES - FACULTADES DE LOS JUECES
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Ha dicho este Cuerpo (cf. STJRNS3: "VELAZQUEZ" Se 115/06) que por razones de equidad el a quo puede restablecer un equilibrio patrimonial quebrado con base en la vinculación que unió a las partes y en la realidad que surge de los hechos que tuvo por probados, en virtud del principio ineludible de primacía de la realidad, que deben aplicar los jueces en su tarea valorativa para otorgar prioridad a los hechos efectivamente acaecidos en el marco de la vinculación entre las partes. (Voto de la Dra. Piccinini sin disidencia)
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La síntesis de ÍTERA Lex no sustituye el texto oficial; verificá contra el portal del PJ Río Negro.