acción privada y competencia
Corresponde que la audiencia prevista en el artículo 211 del CPP sea asignada por la Oficina Judicial a la Jueza o Juez que comprenda esta en condiciones de llevarla adelante según su organización.
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Corresponde que la audiencia prevista en el artículo 211 del CPP sea asignada por la Oficina Judicial a la Jueza o Juez que comprenda esta en condiciones de llevarla adelante según su organización.
Corresponde que la audiencia prevista en el artículo 211 del CPP sea asignada por la Oficina Judicial a la Jueza o Juez que comprenda esta en condiciones de llevarla adelante según su organización. (voto del Dr. Miguel Ángel Cardella sin disidencias)
Corresponde al Juez de Garantías designado la solución del pedido de sobreseimiento formulado, en tanto se advierte que no existe ninguna de las cuestiones planteadas por el Juez de garantías, en ningún momento se está violentado el principio constitucional del juez natural, toda vez.
Corresponde al Juez de Garantías designado la solución del pedido de sobreseimiento formulado, en tanto se advierte que no existe ninguna de las cuestiones planteadas por el Juez de garantías, en ningún momento se está violentado el principio constitucional del juez natural, toda vez que su designación fue establecida bajo las facultades que ejerce la Oficina Judicial. Tampoco existe una “etapa” precluida cuando no existió la audiencia de control de acusación en contra de los imputados según las constancias del legajo electrónico. (voto del Dr. Miguel Ángel Cardella sin disidencias)
La síntesis de ÍTERA Lex no sustituye el texto oficial; verificá contra el portal del PJ Río Negro.