Abuso sexual agravado y ausencia de consentimiento válido
Las amenazas, la convivencia y la relación asimétrica de poder descartan un consentimiento válido y consolidan la configuración del abuso sexual agravado.
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Las amenazas, la convivencia y la relación asimétrica de poder descartan un consentimiento válido y consolidan la configuración del abuso sexual agravado.
La existencia de amenazas hacia la víctima, unida a la convivencia y la relación asimétrica de poder, permiten descartar cualquier consentimiento válido y consolidan la configuración del abuso sexual agravado.(voto del Dr. Carlos Mohamed Mussi sin disisdencias)
El recurso de impugnación contra una condena por abuso sexual agravado y coacción debe ser rechazado cuando los agravios defensivos no demuestran arbitrariedad en la valoración de la prueba efectuada conforme al principio de la sana crítica.
El recurso de impugnación contra una condena por abuso sexual agravado y coacción debe ser rechazado cuando los agravios defensivos no demuestran arbitrariedad en la valoración de la prueba efectuada conforme al principio de la sana crítica.(Voto del Dr. Miguel Ángel Cardella, sin disidencias)
Las consecuencias psicológicas y físicas padecidas por la víctima tras el develamiento, constatadas por múltiples profesionales de la salud, constituyen prueba idónea del daño psíquico exigido para la configuración del tipo penal agravado.
Las consecuencias psicológicas y físicas padecidas por la víctima tras el develamiento, constatadas por múltiples profesionales de la salud, constituyen prueba idónea del daño psíquico exigido para la configuración del tipo penal agravado.(Voto del Dr. Miguel Ángel Cardella, sin disidencias)
En función del delito del que se trata -abuso sexual-, y la normativa vigente el análisis se efectuará con perspectiva de género.
En función del delito del que se trata -abuso sexual-, y la normativa vigente el análisis se efectuará con perspectiva de género. La interpretación del derecho, tal como se dijo en Reibold (TIP Se. 101/19), desde tal perspectiva, “exige la contextualización y la actuación conforme al principio pro persona, que se configura en este ámbito como un criterio hermenéutico que obliga a los órganos judiciales a adoptar interpretaciones jurídicas que garanticen la mayor protección de los derechos humanos, en especial las víctimas” (Poyatos, Juzgar con perspectiva de género: una metodología vinculante de justicia equitativa). (voto del Dr. Carlos M. Mussi sin disidencias)
La síntesis de ÍTERA Lex no sustituye el texto oficial; verificá contra el portal del PJ Río Negro.