elemento subjetivo y tipo penal
El elemento subjetivo del tipo penal exige conocimiento por parte del agente activo para integrar el ámbito de la tipicidad.
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El elemento subjetivo del tipo penal exige conocimiento por parte del agente activo para integrar el ámbito de la tipicidad.
El elemento subjetivo del tipo penal exige conocimiento por parte del agente activo para integrar el ámbito de la tipicidad. No se encuentra debatido que el consentimiento en el ámbito jurídico es “un acto comunicativo” y que no puede limitarse al “estado mental” (Género y Derecho Penal: debates actuales, Capellino Maria Elena, p. 87-115, Dir. Tarditti y Monasterolo). (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí sin disidencias)
Sabido es que las agresiones sexuales se dan en un marco de intimidad y que muchas veces las víctimas no suelen denunciar o hablar al respecto, pero ello no impide -y por el contrario, se impone conforme la amplitud probatoria (ley 26485)- que la corroboración.
Sabido es que las agresiones sexuales se dan en un marco de intimidad y que muchas veces las víctimas no suelen denunciar o hablar al respecto, pero ello no impide -y por el contrario, se impone conforme la amplitud probatoria (ley 26485)- que la corroboración del testimonio se realice por pruebas que sostengan el relato integral de la denunciante. (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí sin disidencias)
Las personas con algún padecimiento mental, en este caso adultas mayores con avanzada edad, se encuentran en mayor estado de vulnerabilidad y suelen ser víctimas de abuso sexual, lo cual requiere una debida diligencia reforzada en la investigación.
Las personas con algún padecimiento mental, en este caso adultas mayores con avanzada edad, se encuentran en mayor estado de vulnerabilidad y suelen ser víctimas de abuso sexual, lo cual requiere una debida diligencia reforzada en la investigación. (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí sin disidencias)
Imponer en estos casos el punto de partida para el curso prescriptivo la medianoche del día en que se cometió el hecho (o en que cesó de cometerse) implica poner en una desventaja evidente a las niñeces víctimas de abuso sexual y en una ventaja.
Imponer en estos casos el punto de partida para el curso prescriptivo la medianoche del día en que se cometió el hecho (o en que cesó de cometerse) implica poner en una desventaja evidente a las niñeces víctimas de abuso sexual y en una ventaja inaceptable a las personas adultas abusadoras. (voto de Dra. María Rita Custet Llambí según su opinión personal)
La arbitrariedad en palabras del Superior Tribunal se configura cuando estamos frente a una sanción cuya motivación se torna excesiva, inhumana, injusta o degradante (STJ 21/21).
La arbitrariedad en palabras del Superior Tribunal se configura cuando estamos frente a una sanción cuya motivación se torna excesiva, inhumana, injusta o degradante (STJ 21/21). Ello no se observa cuando se motivan en la culpabilidad del imputado sobre los hechos atribuidos y declarado responsable, en la magnitud de los daños ocasionados, de lo que previamente el Tribunal de juicio dio cuenta en forma fundada (STJ 24/23). (voto del Dr. Miguel Ángel Cardella sin disidencias)
La sentencia descartó la existencia de convergencia intencional. Explican los magistrados que no se probó que los imputados planificaron un plan en común para cometer del delito de homicidio, y entonces se pregunta el defensor en el desarrollo de sus agravios, cómo pudo Feilberg tener.
La sentencia descartó la existencia de convergencia intencional. Explican los magistrados que no se probó que los imputados planificaron un plan en común para cometer del delito de homicidio, y entonces se pregunta el defensor en el desarrollo de sus agravios, cómo pudo Feilberg tener dominio funcional del hecho si no tenía un arma y no disparó. (voto del Dr. Carlos M. Mussi sin disidencias)
Los elementos objetivos de los tipos penales 79 y 84 del CP son los mismos y se requiere una acción, un resultado muerte de una persona, una acción de causalidad entre la acción y el resultado, y especialmente una relación de imputación objetiva que permita.
Los elementos objetivos de los tipos penales 79 y 84 del CP son los mismos y se requiere una acción, un resultado muerte de una persona, una acción de causalidad entre la acción y el resultado, y especialmente una relación de imputación objetiva que permita afirmar que la acción que causó el resultado constituyó la creación de un riesgo no permitido que se haya concretado con el resultado. (voto del Dr. Carlos M. Mussi sin disidencias)
Feilberg fue imputado por un delito doloso, en connivencia funcional con su consorte, y termina condenado por un delito culposo.
Feilberg fue imputado por un delito doloso, en connivencia funcional con su consorte, y termina condenado por un delito culposo. Y si bien el resultado material es el mismo, el elementos subjetivo del tipo no ha sido reprochado del modo que le pudo haber permitido a esa defensa ejercer correctamente su derecho. (voto del Dr. Carlos M. Mussi sin disidencias)
Si bien el tribunal resuelve el caso bajo la teoría de la responsabilidad objetiva, entiendo que omite explicar qué normas de prudencia ha violado el imputado y el parámetro que han utilizado para explicar si se ha infringido o no riesgos permitidos.
Si bien el tribunal resuelve el caso bajo la teoría de la responsabilidad objetiva, entiendo que omite explicar qué normas de prudencia ha violado el imputado y el parámetro que han utilizado para explicar si se ha infringido o no riesgos permitidos. (voto del Dr. Carlos M. Mussi sin disidencias)
Los magistrados señalaron que el encartado había tenido la voluntad de realizar una conducta idónea dirigida a la producción de la muerte de una persona por el conflicto que ya tenían en ese lugar de los hechos, descartando la tesis defensiva por contrastar con la.
Los magistrados señalaron que el encartado había tenido la voluntad de realizar una conducta idónea dirigida a la producción de la muerte de una persona por el conflicto que ya tenían en ese lugar de los hechos, descartando la tesis defensiva por contrastar con la prueba producida en el debate oral, resultando las alegaciones de la recurrente insuficientes para poner en crisis la sentencia de condena. (voto del Dr. Carlos M. Mussi sin disidencias)
La síntesis de ÍTERA Lex no sustituye el texto oficial; verificá contra el portal del PJ Río Negro.