consentimiento y requisitos en materia penal
Si bien la defensa sostiene que la joven sabía que al lugar donde iban concurre gente para tener sexo, ello en el marco de estos hechos, no presupone la existencia del consentimiento para el acto sexual.
Índice indexado · 326 resultados
291 – 300 de 326
Si bien la defensa sostiene que la joven sabía que al lugar donde iban concurre gente para tener sexo, ello en el marco de estos hechos, no presupone la existencia del consentimiento para el acto sexual.
Si bien la defensa sostiene que la joven sabía que al lugar donde iban concurre gente para tener sexo, ello en el marco de estos hechos, no presupone la existencia del consentimiento para el acto sexual. Prestar consentimiento para ir a la zona de chacras no puede presuponer jamás prestar consentimiento para tener relaciones sexuales y excluir la figura del tipo penal. Ello por cuanto los estándares internacionales establecen claramente que el elemento principal en la configuración de delitos sexuales es la ausencia de consentimiento libre, voluntario e inequívoco (Protocolo para juzgar con perspectiva de género, CSJN, México). (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí sin disidencias)
La exposición de la duda que ha impregnado al Tribunal de juicio tiene asidero en la ausencia de información que la acusadora no ha arrimado.
La exposición de la duda que ha impregnado al Tribunal de juicio tiene asidero en la ausencia de información que la acusadora no ha arrimado. Tal carencia en la acreditación de la identidad entre sujeto imputado y el sujeto autor, en el marco del Estado de Derecho, no puede ser sustituida por las creencias subjetivas que podemos albergar los jueces y juezas sobre la culpabilidad de quien es traído a juicio. (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí sin disidencias)
Lo cierto es que el plazo de prescripción de los delitos es de imperativa apreciación para los jueces e incluso el mismo se debe determinar de oficio en cualquier estado del proceso, siempre, claro está, si que concurren los presupuestos necesarios de paralización del procedimiento.
Lo cierto es que el plazo de prescripción de los delitos es de imperativa apreciación para los jueces e incluso el mismo se debe determinar de oficio en cualquier estado del proceso, siempre, claro está, si que concurren los presupuestos necesarios de paralización del procedimiento y transcurso del plazo del tiempo legalmente señalado por el tipo penal elegido por la acusación. (voto del Dr. Carlos Mohamed Mussi sin disidencias)
No estamos frente al hurto de cinco cabezas de ganado mayor, sino de solamente dos, porque la acción de matar los animales en el campo forma parte del tipo penal, los cinco animales estaban en pie dentro del predio rural de A.
No estamos frente al hurto de cinco cabezas de ganado mayor, sino de solamente dos, porque la acción de matar los animales en el campo forma parte del tipo penal, los cinco animales estaban en pie dentro del predio rural de A. y se les dio muerte con el fin de llevarse los vacunos despostados y no de otro modo. Si dentro del establecimiento rural el autor del hecho se limita a matar al animal, sin aprovecharlo, el tipo que encuadra el caso no es abigeato sino daño (183 o 184 del CP) (Piña, Alejandro W. Abigeato y delitos conexos. La reforma de la ley 25890. RDP 2006-4, 698. Cita Online: AR/DOC/8920/2012) – Que como bien dijo el defensor, esa figura del daño no fue imputada en la acusación a sus asistidos. (voto del Dr. Miguel Ángel Cardella por sus fundamentos)
En los procesos judiciales donde se juzga abuso sexual, que ocurre en el seno de la familia (maxime si analizamos la situaciòn de la joven victima quien no tuvo el acompañamiento de su madre y su hermana en la denuncia, sino que todo indica.
En los procesos judiciales donde se juzga abuso sexual, que ocurre en el seno de la familia (maxime si analizamos la situaciòn de la joven victima quien no tuvo el acompañamiento de su madre y su hermana en la denuncia, sino que todo indica la hostilidad que tuvo que afrontar) , no es novedoso que luego la víctima se retracte negando lo que antes había declarado en Cámara Gesell, esa cuestión se analiza y se resuelve con la con prueba científica -pericial- y testimonial, allí los jueces de juicio aplican un método racional en el análisis de los discursos de la víctima en sí mismos con el resto de las pruebas (STJ en “R., J.D. s/ Queja” sentencia 34/17 y sentencia n° 117/18 en el caso “C., N.A.”). (voto del Dr. Miguel Ángel Cardella sin disidencias)
Se debe hacer lugar el recurso de queja toda vez que nos encontramos ante un caso de gravedad institucional, pues afecta la persecución penal, a la vez resulta una temática trascendente con proyección a otras causas.
Se debe hacer lugar el recurso de queja toda vez que nos encontramos ante un caso de gravedad institucional, pues afecta la persecución penal, a la vez resulta una temática trascendente con proyección a otras causas. Pues el hecho objeto de investigación resulta un abuso sexual, y la decisión adoptada deja sin amparo a los derechos de la víctima. (voto del Dr. Carlos Mohamed Mussi sin disidencias)
No haber encontrado el arma no es lo mismo que se la haya llevado y esa una circunstancia no puede ser valorada en contra del imputado porque si no está acreditado que se la llevó no se puede tratar la peligrosidad que nos plantea.
No haber encontrado el arma no es lo mismo que se la haya llevado y esa una circunstancia no puede ser valorada en contra del imputado porque si no está acreditado que se la llevó no se puede tratar la peligrosidad que nos plantea la Fiscalía sin decir en concreto como acredita su hipótesis. (voto del Dr. Miguel Ángel Cardella sin disidencias)
La Fiscalía, en la cesura, debe acreditar el daño y luego explicar al juzgador porqué motivo esas circunstancias merecen el encarcelamiento de la persona para su resocialización.
La Fiscalía, en la cesura, debe acreditar el daño y luego explicar al juzgador porqué motivo esas circunstancias merecen el encarcelamiento de la persona para su resocialización. (voto del Dr. Miguel Ángel Cardella sin disidencias)
La conducta acreditada en el juicio -hurto de vehículo dejado en la via publica en concurso real con homicidio simple con dolo eventual- demuestra como lo señala la sentencia, que B.
La conducta acreditada en el juicio -hurto de vehículo dejado en la via publica en concurso real con homicidio simple con dolo eventual- demuestra como lo señala la sentencia, que B. sabiendo que conduciendo un vehículo a alta velocidad en sentido de circulación prohibido, haciendo maniobras extremadamente peligrosas, traspasando vehículos sobre la banquina, podría ocasionar una colisión que le podría costar la vida a cualquier persona, y sin embargo aceptó ese riesgo y el resultado, siguió haciendo ese tipo de conductas pese al pedido de la policía que se detenga. El imputado, aumentando la velocidad del vehículo y aceptando sus consecuencias, ha demostrado que ha actuado con voluntad e intención de seguir realizando esas conductas prohibidas, hasta que el despiste del vehículo lo hace colisionar de frente con el vehículo de la víctima. (voto del Dr. Carlos Mohamed Mussi sin disidencias)
La fiscalía tiene el deber de ajustar su accionar objetivamente al principio de legalidad (art.
La fiscalía tiene el deber de ajustar su accionar objetivamente al principio de legalidad (art. 215 CP, art. 2 LOMP) y buena fe, conforme las circunstancias que obren en su legajo y, a juzgar además por lo acontecido en juicio, lejos se estaba de elementos que pudieran sostener la posibilidad de una condena por homicidio doloso. (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí sin disidencias)
La síntesis de ÍTERA Lex no sustituye el texto oficial; verificá contra el portal del PJ Río Negro.