valoración de la prueba en el proceso penal
El Tribunal no tiene dudas que la rectificación de su primigenia versión -de la testigo presencial- fue el resultado de las amenazas que recibió (también su hijo S.
Índice indexado · 2 resultados
1 – 2 de 2
El Tribunal no tiene dudas que la rectificación de su primigenia versión -de la testigo presencial- fue el resultado de las amenazas que recibió (también su hijo S.
El Tribunal no tiene dudas que la rectificación de su primigenia versión -de la testigo presencial- fue el resultado de las amenazas que recibió (también su hijo S. R.) por C. padre e hija/co-imputada en la citada conversación telefónica. (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí sin disidencias)
Son -testigos- de oídas respecto de lo que P. les contó sobre el abuso sexual y otras circunstancias;
Son -testigos- de oídas respecto de lo que P. les contó sobre el abuso sexual y otras circunstancias; pero también es cierto que son testigos directos de lo que P. les dijo, cómo se los dijo, en qué oportunidad, en qué contexto, y porqué motivo, todo lo que se correlaciona con el estado psicológico y situaciones personales de la víctima, lo que termina conformando un conjunto indiciario que -concordado con los restantes- permite arribar, mas allá de toda duda razonable, a la culpabilidad del encartado. (voto del Dr. Adrián Fernando Zimmermann sin disidencias)
La síntesis de ÍTERA Lex no sustituye el texto oficial; verificá contra el portal del PJ Río Negro.