Prisión preventiva y discrepancia subjetiva sobre riesgos procesales
El rechazo in limine procede cuando los agravios solo expresan otra apreciación subjetiva de los riesgos procesales valorados por los jueces.
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El rechazo in limine procede cuando los agravios solo expresan otra apreciación subjetiva de los riesgos procesales valorados por los jueces.
Los agravios se basan en una diferente apreciación subjetiva de las circunstancias fácticas ponderadas por los Jueces de las instancias anteriores a los fines de tener por acreditados los riesgos procesales pertinentes para validar la medida cautelar. (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí sin disidencias)
La decisión de revisión que confirma la prisión preventiva no tiene impugnabilidad objetiva según este criterio.
La decisión adoptada en revisión -que confirma la prisión preventiva del imputado- carece de impugnabilidad
Resulta errónea la admisión de un recurso de impugnación ordinaria cuando la defensa se limita a reiterar argumentos ya analizados y no demuestra arbitrariedad en la decisión que confirmó la prisión preventiva.
Resulta errónea la admisión de un recurso de impugnación ordinaria cuando la defensa se limita a reiterar argumentos ya analizados y no demuestra arbitrariedad en la decisión que confirmó la prisión preventiva. (voto conjunto del Dr. Carlos Mohamed Mussi y de la Dra. María Rita Custet Llambí).
El paradigma procesal no ha cambiado con la nueva ley procesal porque el legislador no ha creado una causal autónoma y objetiva para ejecutoriar una condena cuando aún no se encuentra firme, ni para habilitar una medida cautelar con independencia de las.
El paradigma procesal no ha cambiado con la nueva ley procesal porque el legislador no ha creado una causal autónoma y objetiva para ejecutoriar una condena cuando aún no se encuentra firme, ni para habilitar una medida cautelar con independencia de las pautas generales contenidas en el artículo 109 del Código Procesal Penal.(voto de la Dra. María Rita Custet Llambí sin disidencias)
La síntesis de ÍTERA Lex no sustituye el texto oficial; verificá contra el portal del PJ Río Negro.