expulsión de extranjeros y falta de agravio concreto
TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN30/12/2024Sent. 352 · Definitiva
El Juez de Ejecución dispuso la aplicación del instituto de extrañamiento, conforme la normativa vigente mediante la cual la expulsión lleva implícita la prohibición de reingreso permanente, en consecuencia, no hay agravio alguno.
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