confirmación de sentencia ante agravios insuficientes
Los agravios presentados son una reiteración de lo expresado en el alegato de cierre y no existe una sola crítica fundada en contra de los fundamentos que brindó el juez en su fallo.
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Los agravios presentados son una reiteración de lo expresado en el alegato de cierre y no existe una sola crítica fundada en contra de los fundamentos que brindó el juez en su fallo.
Los agravios presentados son una reiteración de lo expresado en el alegato de cierre y no existe una sola crítica fundada en contra de los fundamentos que brindó el juez en su fallo. (voto del Dr. Miguel Ángel Cardella sin disidencias)
Por entonces la Defensa, más allá de quien era el profesional que la ejercía, no objetó la incorporación de la documental que la actual defensa hoy cuestiona.
La Defensa reedita los planteos presentados durante el desarrollo del juicio, insistiendo en la nulidad de la prueba admitida en la etapa intermedia, esto es la audiencia de control de la acusación, momento en que se fija el objeto controvertido del caso y se discute sobe la admisibilidad de las evidencias. Por entonces la Defensa, más allá de quien era el profesional que la ejercía, no objetó la incorporación de la documental que la actual defensa hoy cuestiona. (voto del Dr. Miguel Ángel Cardella sin disidencias)
Los agravios son una reiteración de los ya esgrimidos y tratados de modo suficiente por el a quo y la defensa no demuestra la existencia de un error en el análisis ni la configuración del supuesto previsto en el inc.
Los agravios son una reiteración de los ya esgrimidos y tratados de modo suficiente por el a quo y la defensa no demuestra la existencia de un error en el análisis ni la configuración del supuesto previsto en el inc. 2° del art. 242 del Código Procesal Penal (arbitrariedad), en tanto su recurso solo exhibe una mera discrepancia con lo decidido. (voto del Dr. Adrián F. Zimmermann sin disidencias)
Los agravios son una reiteración de los ya esgrimidos y tratados de modo suficiente y carecen de sustento factico jurídico a los fines de demostrar la existencia de un error en el análisis, tampoco configura el supuesto previsto en el inc.
Los agravios son una reiteración de los ya esgrimidos y tratados de modo suficiente y carecen de sustento factico jurídico a los fines de demostrar la existencia de un error en el análisis, tampoco configura el supuesto previsto en el inc. 2° del art. 242 del Código Procesal Penal (arbitrariedad), en tanto su recurso solo exhibe una mera discrepancia con lo decidido. (voto del Dr. Adrián F. Zimmermann sin disidencias)
La defensa técnica de V. no demostró la arbitrariedad de la sentencia, sino solo una mera disconformidad con el resultado del juicio, máxime cuando de la resolución atacada surge que las partes vienen de transitar una pareja conflictiva, con medidas cautelares debidamente notificadas al imputado.
La defensa técnica de V. no demostró la arbitrariedad de la sentencia, sino solo una mera disconformidad con el resultado del juicio, máxime cuando de la resolución atacada surge que las partes vienen de transitar una pareja conflictiva, con medidas cautelares debidamente notificadas al imputado, y las críticas apuntadas por la recurrente en su recurso, han sido tenidas en cuenta por el Juez de juicio, respondidas y reiteradas en el momento de fundamentar el recurso ante este cuerpo. (voto del Dr. Carlos M. Mussi sin disidencias)
2° del art. 242 del Código Procesal Penal (arbitrariedad), en tanto su recurso solo exhibe una mera discrepancia con lo decidido.
Los agravios son una reiteración de los ya esgrimidos y tratados de modo suficiente, remitiéndome a los fundamentos del a quo en honor a la brevedad, pues la defensa no demuestra la existencia de un error en el análisis ni la configuración del supuesto previsto en el inc. 2° del art. 242 del Código Procesal Penal (arbitrariedad), en tanto su recurso solo exhibe una mera discrepancia con lo decidido. (voto del Dr. Adrián Fernando Zimmermann sin disidencias)
La síntesis de ÍTERA Lex no sustituye el texto oficial; verificá contra el portal del PJ Río Negro.