valoración de la prueba en el proceso penal
A partir de la doctrina del caso “Crawford vs. Washington”, el Tribunal entiende que corresponde tener presente la declaración original de F.M.
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A partir de la doctrina del caso “Crawford vs. Washington”, el Tribunal entiende que corresponde tener presente la declaración original de F.M.
A partir de la doctrina del caso “Crawford vs. Washington”, el Tribunal entiende que corresponde tener presente la declaración original de F.M. (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí sin disidencias)
Si bien la sentencia sostiene que hay dudas sobre el lugar donde se produjo el hecho, de lo que no hay duda es que un consultorio odontológico es un lugar que resguarda la intimidad de las personas (las fotos dan cuenta de ello y no.
Si bien la sentencia sostiene que hay dudas sobre el lugar donde se produjo el hecho, de lo que no hay duda es que un consultorio odontológico es un lugar que resguarda la intimidad de las personas (las fotos dan cuenta de ello y no quedó controvertido que el recinto se encuentra vidriado, tal como dijo la joven desde afuera no se ve nada) y que los delitos sexuales -en generalen general- se cometen (con independencia del lugar físico) a escondidas de las miradas de otras personas, aun cuando ellas se encuentren en las cercanías e incluso en el mismo ambiente. (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí sin disidencias)
Las reglas probatorias más sensibles, a las que debemos adherir, reconocen que lo traumático del momento padecido repercute en ciertas imprecisiones de la memoria y que, mientras no recaigan sobre aspectos sustanciales, no deben afectar la credibilidad de la mujer (Igualdad y diferencia en la.
Las reglas probatorias más sensibles, a las que debemos adherir, reconocen que lo traumático del momento padecido repercute en ciertas imprecisiones de la memoria y que, mientras no recaigan sobre aspectos sustanciales, no deben afectar la credibilidad de la mujer (Igualdad y diferencia en la valoración de la Prueba. Género y Derecho Penal, Didot). (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí sin disidencias)
El sistema de apreciación de la prueba bajo la sana crítica racional no descarta la amplitud de los medios probatorios, sino que la impone.
El sistema de apreciación de la prueba bajo la sana crítica racional no descarta la amplitud de los medios probatorios, sino que la impone.
Respecto a la ausencia de prueba de la mecánica del hecho, no podemos desentendernos de que en los delitos como el que analizamos lo relevante es el testimonio de la víctima, en tanto es la prueba “fundamental”.
Respecto a la ausencia de prueba de la mecánica del hecho, no podemos desentendernos de que en los delitos como el que analizamos lo relevante es el testimonio de la víctima, en tanto es la prueba “fundamental”. Máxime cuando, pese a lo dicho por la defensa, el hecho se cometió dentro de cierto marco de privacidad. (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí sin disidencias)
Una exigencia de tal tipo na exigencia únicamente puede sostenerse bajo el inadmisible estereotipo de que las mujeres quedenuncian estas violencias están locas o son mentirosas y fabuladoras.
Exigir pericias psicológicas o psiquiatras de personalidad y cognitivas a las mujeres que denuncian violencias sexuales para establecer la credibilidad de su dad de su testimonio o su capacidad mental resulta a todas luces discriminatorio y contrario al principio de capacidad que opera en favor de todas las personas. Una exigencia de tal tipo na exigencia únicamente puede sostenerse bajo el inadmisible estereotipo de que las mujeres quedenuncian estas violencias están locas o son mentirosas y fabuladoras. (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí sin disidencias)
En casos de delitos de género, los cuales mayormente se cometen sin presencia de testigos, se ha reiterado que a efectos de evitar la mutilación de su discurso y no intermediarlo ni contaminarlo con paráfrasis, que, en definitiva, introducen el sesgo de quien la realiza.
En casos de delitos de género, los cuales mayormente se cometen sin presencia de testigos, se ha reiterado que a efectos de evitar la mutilación de su discurso y no intermediarlo ni contaminarlo con paráfrasis, que, en definitiva, introducen el sesgo de quien la realiza, resulta adecuado transcribir sin recortes la información que introduce la víctima en juicio. (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí sin disidencias)
La duda que expone la sentencia no tiene ningún asidero bajo la racionalidad jurídica que impone la perspectiva de género.
La duda que expone la sentencia no tiene ningún asidero bajo la racionalidad jurídica que impone la perspectiva de género. (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí sin disidencias)
Se advierte que la tarea defensista pretende fundar la arbitrariedad de la sentencia mediante una crítica, que si bien esforzada, resulta insuficiente por sesgada y fragmentada.
Se advierte que la tarea defensista pretende fundar la arbitrariedad de la sentencia mediante una crítica, que si bien esforzada, resulta insuficiente por sesgada y fragmentada. No se logra demostrar la absurda valoración de la prueba y/o el arbitrario o ilógico razonamiento del Tribunal. Por el contrario, la sentencia es el resultado de una adecuada valoración integral y contextual de la información producida. En consecuencia, las impugnaciones de la defensa deben ser rechazadas. (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí sin disidencias)
Cabe concluir que la Defensa pone de manifiesto su discrepancia subjetiva con la solución adoptada, estrategia argumental que no satisface la exigencia de exponer una crítica prolija de la sentencia impugnada rebatiendo todos los fundamentos en que se apoya el Juez de Juicio para arribar.
Cabe concluir que la Defensa pone de manifiesto su discrepancia subjetiva con la solución adoptada, estrategia argumental que no satisface la exigencia de exponer una crítica prolija de la sentencia impugnada rebatiendo todos los fundamentos en que se apoya el Juez de Juicio para arribar a las conclusiones que lo agravian. (voto del Dr. Adrián F. Zimmermann sin disidencias)
La síntesis de ÍTERA Lex no sustituye el texto oficial; verificá contra el portal del PJ Río Negro.