determinación judicial de la pena
La arbitrariedad en palabras del Superior Tribunal se configura cuando estamos frente a una sanción cuya motivación se torna excesiva, inhumana, injusta o degradante (STJ 21/21).
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La arbitrariedad en palabras del Superior Tribunal se configura cuando estamos frente a una sanción cuya motivación se torna excesiva, inhumana, injusta o degradante (STJ 21/21).
La arbitrariedad en palabras del Superior Tribunal se configura cuando estamos frente a una sanción cuya motivación se torna excesiva, inhumana, injusta o degradante (STJ 21/21). Ello no se observa cuando se motivan en la culpabilidad del imputado sobre los hechos atribuidos y declarado responsable, en la magnitud de los daños ocasionados, de lo que previamente el Tribunal de juicio dio cuenta en forma fundada (STJ 24/23). (voto del Dr. Miguel Ángel Cardella sin disidencias)
Tanto la pena como el monto fue revisado y confirmado en orden a todos los agravantes que fueron considerados adecuados para llegar a esa sanción y se consideró razonable la disminución de un mes por exclusión de la circunstancia relativa al elemento cortopunzante.
Tanto la pena como el monto fue revisado y confirmado en orden a todos los agravantes que fueron considerados adecuados para llegar a esa sanción y se consideró razonable la disminución de un mes por exclusión de la circunstancia relativa al elemento cortopunzante. En esa dinámica se estableció un nuevo monto sin necesidad de un nuevo juicio de cesura (artículo 240 CP) y el Tribunal de Impugnación anterior, en el marco de la discrecionalidad que permite un sistema que establece mínimos y máximos en la fijación del monto de la pena, explicó el criterio por el cual disminuyó la sanción. (voto del Dr. Miguel Ángel Cardella sin disidencias)
La síntesis de ÍTERA Lex no sustituye el texto oficial; verificá contra el portal del PJ Río Negro.