rechazo del recurso por insuficiencia argumental
Las críticas del defensor no tienen anclaje en deficiencias en la argumentación del fallo y solo responsan en su subjetividad, por lo que corresponde sin mas rechazar los agravios de la defensa.
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Las críticas del defensor no tienen anclaje en deficiencias en la argumentación del fallo y solo responsan en su subjetividad, por lo que corresponde sin mas rechazar los agravios de la defensa.
Las críticas del defensor no tienen anclaje en deficiencias en la argumentación del fallo y solo responsan en su subjetividad, por lo que corresponde sin mas rechazar los agravios de la defensa. (voto del Dr. Carlos M. Mussi)
Cabe concluir que el MPF y la Querella solo ponen de manifiesto su discrepancia subjetiva con la solución adoptada, estrategia argumental que no satisface la exigencia de exponer una crítica prolija de la sentencia impugnada rebatiendo todos los fundamentos en que se apoya el Tribunal.
Cabe concluir que el MPF y la Querella solo ponen de manifiesto su discrepancia subjetiva con la solución adoptada, estrategia argumental que no satisface la exigencia de exponer una crítica prolija de la sentencia impugnada rebatiendo todos los fundamentos en que se apoya el Tribunal de Juicio para arribar a las conclusiones que lo agravian. (voto del Dr. Adrián F. Zimmermann por la mayoría)
La Defensa pone de manifiesto su discrepancia subjetiva con la solución adoptada, estrategia argumental que no satisface la exigencia de exponer una crítica prolija de la sentencia impugnada rebatiendo todos los fundamentos en que se apoya el Tribunal de Juicio para arribar a las conclusiones.
La Defensa pone de manifiesto su discrepancia subjetiva con la solución adoptada, estrategia argumental que no satisface la exigencia de exponer una crítica prolija de la sentencia impugnada rebatiendo todos los fundamentos en que se apoya el Tribunal de Juicio para arribar a las conclusiones que lo agravian. (voto del Dr. Adrián F. Zimmermann sin disidencias)
Corresponde rechazar in límine la queja deducida, desde que la defensa no demuestra la existencia de un error en el análisis ni la configuración del supuesto previsto en el inc.
Corresponde rechazar in límine la queja deducida, desde que la defensa no demuestra la existencia de un error en el análisis ni la configuración del supuesto previsto en el inc. 2° del art. 242 del Código Procesal Penal (arbitrariedad), en tanto su recurso solo exhibe una mera discrepancia con lo decidido. (voto del Dr. Adrián Fernando Zimmermann sin disidencias)
La valoración del total de la prueba desacredita la versión del imputado y su Defensa, tal como sostuvo el sentenciante, habiéndose expuesto en esta instancia una discrepancia subjetiva con la solución adoptada, estrategia argumental que no satisface la exigencia de exponer una crítica prolija de.
La valoración del total de la prueba desacredita la versión del imputado y su Defensa, tal como sostuvo el sentenciante, habiéndose expuesto en esta instancia una discrepancia subjetiva con la solución adoptada, estrategia argumental que no satisface la exigencia de exponer una crítica prolija de la sentencia impugnada rebatiendo todos los fundamentos en que se apoya el Tribunal de Juicio para arribar a las conclusiones que lo agravian. (voto del Dr. Adrián Fernando Zimmermann sin disidencias)
La Defensa pone de manifiesto su discrepancia subjetiva con la solución adoptada, estrategia argumental que no satisface la exigencia de exponer una crítica de la sentencia impugnada rebatiendo todos los fundamentos en que se apoya el Tribunal de Juicio para arribar a las conclusiones que.
La Defensa pone de manifiesto su discrepancia subjetiva con la solución adoptada, estrategia argumental que no satisface la exigencia de exponer una crítica de la sentencia impugnada rebatiendo todos los fundamentos en que se apoya el Tribunal de Juicio para arribar a las conclusiones que lo agravian. (voto del Dr. Adrián Fernando Zimmermann)
La Defensa pone de manifiesto su discrepancia subjetiva con la solución adoptada, estrategia argumental que no satisface la exigencia de exponer una crítica prolija de la sentencia impugnada rebatiendo todos los fundamentos en que se apoya el Tribunal de Juicio para arribar a las conclusiones.
La Defensa pone de manifiesto su discrepancia subjetiva con la solución adoptada, estrategia argumental que no satisface la exigencia de exponer una crítica prolija de la sentencia impugnada rebatiendo todos los fundamentos en que se apoya el Tribunal de Juicio para arribar a las conclusiones que lo agravian. (voto del Dr. Adrián Fernando Zimmermann sin disidencias)
Cabe concluir que la Defensa pone de manifiesto su discrepancia subjetiva con la solución adoptada, estrategia argumental que no satisface la exigencia de exponer una crítica prolija de la sentencia impugnada.
Cabe concluir que la Defensa pone de manifiesto su discrepancia subjetiva con la solución adoptada, estrategia argumental que no satisface la exigencia de exponer una crítica prolija de la sentencia impugnada
La discrepancia de criterio u opinión sobre cómo cuándo dónde y porqué interrogar o contrainterrogar a los testigos u ofrecer determinada evidencia/ prueba carece de la trascendencia que pretende el recurrente, situación que determina la improcedencia del planteo, máxime cuando el anterior defensor tenía una.
La discrepancia de criterio u opinión sobre cómo cuándo dónde y porqué interrogar o contrainterrogar a los testigos u ofrecer determinada evidencia/ prueba carece de la trascendencia que pretende el recurrente, situación que determina la improcedencia del planteo, máxime cuando el anterior defensor tenía una teoría del caso diferente al que expone el recurrente (nuevo asistente técnico de la imputada). (voto del Dr. Adrián Fernando Zimmermann sin disidencias)
La Defensa pone de manifiesto su discrepancia subjetiva con la solución adoptada, estrategia argumental que no satisface la exigencia de exponer una crítica de la sentencia impugnada rebatiendo todos los fundamentos en que se apoya el Tribunal de Juicio para arribar a las conclusiones que.
La Defensa pone de manifiesto su discrepancia subjetiva con la solución adoptada, estrategia argumental que no satisface la exigencia de exponer una crítica de la sentencia impugnada rebatiendo todos los fundamentos en que se apoya el Tribunal de Juicio para arribar a las conclusiones que lo agravian. (voto del Dr. Adrián Fernando Zimmermann sin disidencias)
La síntesis de ÍTERA Lex no sustituye el texto oficial; verificá contra el portal del PJ Río Negro.