fundamentación suficiente de la sentencia penal
Bajo mi análisis la duda de que expone la sentencia no tiene ningún asidero bajo la racionalidad jurídica que impone la perspectiva de género.
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Bajo mi análisis la duda de que expone la sentencia no tiene ningún asidero bajo la racionalidad jurídica que impone la perspectiva de género.
Bajo mi análisis la duda de que expone la sentencia no tiene ningún asidero bajo la racionalidad jurídica que impone la perspectiva de género. Como se sostiene anteriormente el relato se evidencia coherente, espontáneo y con anclaje en pruebas externas. El razonamiento que exhibe la sentencia, a la luz de la prueba analizada, se encuentra asentada sobre el estereotipo de la “mujer fabuladora”. (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí en minoría)
El Tribunal de Juicio estableció una baja fiabilidad y credibilidad del testimonio pues su relato presenta inconsistencias y dudas sobre si realmente estuvo en el lugar;
El Tribunal de Juicio estableció una baja fiabilidad y credibilidad del testimonio pues su relato presenta inconsistencias y dudas sobre si realmente estuvo en el lugar; y eventualmente sobre lo que vio: cómo fue la conducta observada y cuánta diferencia existe con la conducta que cree haber observado luego de haber pasado por el tamiz (explicación) de N., máxime cuando la víctima solo dijo haber sufrido “un manoteo”.(voto del Dr. Adrián F. Zimmermann por la mayoría)
El acoso sexual implica prácticas laborales que desfavorecen a las mujeres en el trabajo y prácticas sexuales que degradan y cosifican a las mujeres.
El acoso sexual implica prácticas laborales que desfavorecen a las mujeres en el trabajo y prácticas sexuales que degradan y cosifican a las mujeres. (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí en minoría)
El código es bien claro cuando dispone la irrecurribilidad de las resoluciones relativas a las cuestiones probatorias, por lo cual, el fundamento de la vulneración del doble conforme no tiene asidero alguno.
El código es bien claro cuando dispone la irrecurribilidad de las resoluciones relativas a las cuestiones probatorias, por lo cual, el fundamento de la vulneración del doble conforme no tiene asidero alguno. El remedio que el código prevé para estos casos queda diferido eventualmente para el control en impugnación (art. 167 CPP). (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí sin disidencias)
Las nulidades procesales deben interpretarse restrictivamente, y que su declaración cede ante los principios de conservación y transcendencia.
Las nulidades procesales deben interpretarse restrictivamente, y que su declaración cede ante los principios de conservación y transcendencia. (voto del Dr. Carlos M. Mussi)
Contrariamente a lo sostenido por la sentencia, advierto que en la hora y media que la testigo fue sometida a interrogatorio la misma se explayó sobre los cuatro hechos aquí denunciados, narró con detalle la historicidad de la relación asimétrica de poder de la misma.
Contrariamente a lo sostenido por la sentencia, advierto que en la hora y media que la testigo fue sometida a interrogatorio la misma se explayó sobre los cuatro hechos aquí denunciados, narró con detalle la historicidad de la relación asimétrica de poder de la misma con respecto al agresor, cómo se fue incrementando la violencia sexual desde los comentarios libidinosos, las conductas inapropiadas, las miradas invasivas hasta los tocamientos, cómo se sintió y las acciones que entabló para pedir ayuda por el hostigamiento del que era víctima. (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí en minoría)
Cabe mencionar el fallo dictado por la CSJN en autos “Funes” en fecha 14/10/2014.
Cabe mencionar el fallo dictado por la CSJN en autos “Funes” en fecha 14/10/2014 (votos coincidentes de los Jueces Lorenzetti, Maqueda y Zaffaroni y de la Jueza Highton de Nolasco), en el cual resolvió con remisión al Dictamen del Procurador Fiscal. (voto de los Dres. Carlos M. Mussi y Adrián Fernando Zimmermann en mayoría)
La crítica de las recurrentes, especialmente la de la parte querellante, es acertada con relación a absurdidad en la valoración lo cual implica en términos de la doctrina de la Corte Suprema “una patente arbitrariedad”.
La crítica de las recurrentes, especialmente la de la parte querellante, es acertada con relación a absurdidad en la valoración lo cual implica en términos de la doctrina de la Corte Suprema “una patente arbitrariedad”. (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí en minoría)
Los testimonios tendrán mayor o menor confiabilidad probatoria en base a la información que suministren -durante el juicio- y a la calidad de esa información.
Los testimonios tendrán mayor o menor confiabilidad probatoria en base a la información que suministren -durante el juicio- y a la calidad de esa información. (voto del Dr. Adrián F. Zimmermann por la mayoría)
La información aportada, en el marco en el cual la víctima pudo revelarlos ante el tribunal y bajo el estado emocional que ello implica, resulta más que suficiente para dar cuenta de cómo sucedieron los hechos.
La información aportada, en el marco en el cual la víctima pudo revelarlos ante el tribunal y bajo el estado emocional que ello implica, resulta más que suficiente para dar cuenta de cómo sucedieron los hechos. Coincido con la crítica volcada por la querella en este punto. (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí en minoría)
La síntesis de ÍTERA Lex no sustituye el texto oficial; verificá contra el portal del PJ Río Negro.