valoración de la declaración de la víctima menor
La trama argumental que exhibe la sentencia para tener por acreditados los hechos, aparece como sustentada en un análisis racional.
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La trama argumental que exhibe la sentencia para tener por acreditados los hechos, aparece como sustentada en un análisis racional.
La trama argumental que exhibe la sentencia para tener por acreditados los hechos, aparece como sustentada en un análisis racional. Que la niña haya tenido el recuerdo de los hechos en su cabeza (donde habitualmente percibimos los pensamientos y los recuerdos) de ninguna manera habilita a sostener que son hechos imaginarios. Tal como sostiene la Guía de Unicef sobre Abuso sexual de NNyA las creencias que dan por supuesto que los niños inventan los abusos sexuales son mitos que perpetúan la violencia en tanto “los niños pequeños y aquellos que tienen discapacidad mental no poseen las habilidades madurativas, cognitivas ni evolutivas que se requieren para inventar, fantasear, fabular, fabricar y sostener mentiras complejas de un modo creíble”. (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí sin disidencias)
Es sabido que no todas las víctimas revelan los detalles más íntimos de la mecánica de la agresión sexual, sobre todo a sus familiares más directos.
Es sabido que no todas las víctimas revelan los detalles más íntimos de la mecánica de la agresión sexual, sobre todo a sus familiares más directos. Es usual -y lo observamos a menudo en los juicios- que muchas víctimas relatan a operadores de la justicia como fue/ron la/s agresión/es y tal vez nunca lo hagan frente a su círculo más íntimo. Las motivaciones pueden ser variadas: ya sea por pudor, por no revivir el ataque o para proteger de mayor dolor a sus seres más queridos, por la imposibilidad de articular en palabras las vivencias acaecidas dentro del entorno familiar, entre otros. Pero lo cierto es que así ocurre en reiteradas ocasiones y ello no obsta a la corroboración del hecho relatado por la mujer denunciante. (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí sin disidencias)
Como ha sostenido este Tribunal en causas de abuso sexual, para proceder al examen revisor deben analizarse las consideraciones que ha hecho el tribunal de juicio en torno al testimonio de la víctima.
Como ha sostenido este Tribunal en causas de abuso sexual, para proceder al examen revisor deben analizarse las consideraciones que ha hecho el tribunal de juicio en torno al testimonio de la víctima. Ello sin perder de vista que éste -en soledad- no basta para confirmar una hipótesis cargosa, sino que debe corroborarse por otros indicios y pruebas independientes que no dejen lugar a la duda razonable que el hecho acaeció tal como se acusa. Ello de conformidad por el método seguido por el Superior Tribunal de Justicia que reiteradamente ha sostenido que la declaración del testigo único debe ser verificada por las demás pruebas incorporadas, de acuerdo con el sistema de la sana crítica (cf. STJRNS2 Se. 65/14 y Se. 73/14, entre otras). (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí sin disidencias)
En casos de delitos sexuales, debe tenerse en cuenta que la metodología impuesta para el análisis de la prueba consiste en tomar como elemento principal el testimonio de la víctima.
En casos de delitos sexuales, debe tenerse en cuenta que la metodología impuesta para el análisis de la prueba consiste en tomar como elemento principal el testimonio de la víctima. Ello sin perder de vista que éste -en soledad- no basta para confirmar una hipótesis cargosa, sino que debe corroborarse por otros indicios y pruebas independientes que no dejen lugar a la duda razonable que el hecho acaeció tal como se acusa. (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí sin disidencias)
La síntesis de ÍTERA Lex no sustituye el texto oficial; verificá contra el portal del PJ Río Negro.