dolo en el proceso penal
No se acredita la existencia del dolo que la figura requiere como es el deliberado incumplimiento de la orden judicial.
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No se acredita la existencia del dolo que la figura requiere como es el deliberado incumplimiento de la orden judicial.
No se acredita la existencia del dolo que la figura requiere como es el deliberado incumplimiento de la orden judicial. (voto del Dr. Miguel Ángel Cardella sin disidencias)
En el juicio quedó comprobado que en el Club se realizaban actividades comerciales no habilitadas, actividades de las cuales Murguiondo tenía conocimiento y optó por no actuar en consecuencia lesionando el bien jurídico protegido.
En el juicio quedó comprobado que en el Club se realizaban actividades comerciales no habilitadas, actividades de las cuales Murguiondo tenía conocimiento y optó por no actuar en consecuencia lesionando el bien jurídico protegido. (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí por la mayoría)
Respecto al agravio relativo al dolo homicida, -como bien puntualizó el fiscal al contestar el traslado ante este Tribunal y no controvertido- el disparo impactó en la garganta de la víctima lo que despeja toda duda de la intención de matar.
Respecto al agravio relativo al dolo homicida, -como bien puntualizó el fiscal al contestar el traslado ante este Tribunal y no controvertido- el disparo impactó en la garganta de la víctima lo que despeja toda duda de la intención de matar. (voto de la Dra. María Rita Custet Llambí sin disidencias)
Las conductas objetivas externas desplegadas por los condenados demuestran la existencia de un acuerdo delictivo precedente, como así también prueban que con conocimiento y voluntad de participar en el rol acreditado, dirigieron su accionar a la consumación del hecho típico, por lo cual existió dolo.
Las conductas objetivas externas desplegadas por los condenados demuestran la existencia de un acuerdo delictivo precedente, como así también prueban que con conocimiento y voluntad de participar en el rol acreditado, dirigieron su accionar a la consumación del hecho típico, por lo cual existió dolo en referencia al tipo penal determinado en la sentencia de condena. (voto del Dr. Adrián Fernando Zimmermannn sin disidencias)
El dolo se configura por la asunción voluntaria de una conducta acreditada a partir del modo en que esta se ha desarrollado y el medio utilizado, toda vez que este elemento -de manera regular- tiene entidad para producir el resultado.
El dolo se configura por la asunción voluntaria de una conducta acreditada a partir del modo en que esta se ha desarrollado y el medio utilizado, toda vez que este elemento -de manera regular- tiene entidad para producir el resultado. Tal es la situación del caso frente al acometimiento a una persona de fuerza inferior, con un arma blanca y patadas en dirección a sitios vitales, de lo que resulta lógico inferir que los agresores tenían la voluntad de realizar el mal inminente. (voto del Dr. Adrián Fernando Zimmermannn sin disidencias)
La síntesis de ÍTERA Lex no sustituye el texto oficial; verificá contra el portal del PJ Río Negro.