impugnacion extraordinaria y inadmisibilidad del recurso
Los planteos efectuados son una rendición de los analizados y desechados por este Tribunal de Impugnación.
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Los planteos efectuados son una rendición de los analizados y desechados por este Tribunal de Impugnación.
Los planteos efectuados son una rendición de los analizados y desechados por este Tribunal de Impugnación. El impugnante reedita su simple discrepancia subjetiva, ahora contra los fundamentos de este Tribunal que resolvió confirmar la sentencia de juicio, y por tal motivo, la impugnación extraordinaria analizada carece de verosimilitud a los fines de habilitar la vía intentada pues omite explicar de forma clara y concreta de qué modo se habrían vulnerado, en este caso, las mandas constitucionales y convencionales que invoca, pues la sola mención de sus preceptos es insuficiente para la debida fundamentación de la impugnación cuando se omite desarrollar el razonamiento específico que demuestre la incompatibilidad de la cuestión planteada con aquéllos.(voto del Dr. Carlos Mohamed Mussi sin disidencias)
Cada uno de los reeditados planteos fueron analizados y desechados por este Tribunal de Impugnación por lo que corresponde remitirnos a la resolución que se pretende impugnar.
Cada uno de los reeditados planteos fueron analizados y desechados por este Tribunal de Impugnación por lo que corresponde remitirnos a la resolución que se pretende impugnar. Es así que la reedición de los cuestionamientos no superan la simple disconformidad por diferente opinión subjetiva sobre la ponderación del plexo legal en juego, situación que determina la ineficacia de los agravios. (voto conjunto de los Dres. María Rita Custet Llambí y Miguel Ángel Cardella)
La síntesis de ÍTERA Lex no sustituye el texto oficial; verificá contra el portal del PJ Río Negro.