ÍTERA Lex

Índice de jurisprudencia — Río Negro

Fallos del STJ

Índice navegable del corpus completo: cronológico para explorar por año y fecha; por relevancia cuando buscás texto, con señales de carátula, voces, extractos y texto oficial.

Índice indexado · 13 resultados

11 – 13 de 13

Buscar en el portal oficial

C.S.J. C/ MINISTERIO DE SALUD Y OTROS S/ AMPARO - AMPARO

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº415/04/2026Sent. 48 · Definitiva

El Superior Tribunal de Justicia rechazó la apelación de Fiscalía de Estado y mantuvo el amparo que ordenaba al Ministerio de Salud y otros garantizar medicación a favor de C.S.J., con costas por su orden. La decisión confirmó la protección urgente frente a demoras en la entrega regular del tratamiento. La Provincia sostenía que no había negativa prestacional y que la vía de amparo era improcedente. El tribunal sostuvo que los agravios repetían informes administrativos ya considerados, sin rebatir la arbitrariedad señalada por la jueza. Destacó que la continuidad del tratamiento era necesaria para no afectar la calidad de vida y evitar complicaciones, por lo que la demora configuraba una lesión actual del derecho a la salud.

SaludDiscapacidadAnonimizaciónSaludamparo saludmedicacionministerio saludtratamiento continuoapelacion rechazada

C.J.M.C. -EN REP. DE C.M.I.A.- C/ HOSPITAL FRANCISCO LOPEZ LIMA S/ AMPARO - APELACIÓN

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº407/04/2026Sent. 42 · Definitiva

El Superior Tribunal de Justicia rechazó la apelación de Fiscalía de Estado y mantuvo la sentencia de amparo dictada contra el Hospital Francisco López Lima. La decisión preservó la tutela urgente solicitada por C.J.M.C. en representación de C.M.I.A., con costas por su orden. La Provincia alegaba que no existía negativa de prestación, que el trámite administrativo estaba en curso y que no se había agotado la vía correspondiente. El tribunal sostuvo que esos argumentos no desvirtuaban la procedencia del amparo frente a la necesidad sanitaria acreditada y al tiempo del trámite relativo a la provisión de prótesis. La sentencia queda limitada al caso concreto y no reemplaza la gestión administrativa ordinaria fuera de la urgencia examinada.

SaludNNyAAnonimizaciónSaludamparo saludhospital publicoprotesisapelacion fiscaliaurgencia medica

O.N.B. S/ AMPARO DE SALUD (LEGAJO N° OJU-CI-00312-2025) S/ APELACIÓN

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº406/04/2026Sent. 39 · Definitiva

El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso de apelación de la Fiscalía de Estado y confirmó la sentencia que había hecho lugar al amparo de salud, por lo que Ipross debe garantizar la provisión del material complementario necesario para una cirugía de revisión de prótesis total de rodilla. Costas por su orden. La discusión se centró en si la obra social había actuado de modo arbitrario o si la orden judicial invadía competencias administrativas. La mayoría sostuvo que la apelación no desvirtuó el dictamen del Cuerpo de Investigación Forense, que señaló que la prótesis entregada carecía de material complementario esencial, exponía al paciente a riesgos evitables y agravaba su salud. También ponderó la tutela reforzada del amparista adulto mayor y la responsabilidad de Ipross como obligada principal.

SaludAnonimizaciónSaludamparo saludiprossprotesisadulto mayorcuerpo investigacion forenseurgencia medicaapelacion
Anterior2 / 2Siguiente

La síntesis de ÍTERA Lex no sustituye el texto oficial; verificá contra el portal del PJ Río Negro.

Los documentos referenciados provienen de sus fuentes oficiales (SAIJ, PJ Río Negro, PJ Neuquén). ÍTERA Lex Tools facilita la búsqueda y consulta, enlazando directamente a la fuente oficial.

Un producto de ÍTERA Lex — software de gestión jurídica para estudios y abogados independientes. ÍTERA Lex

Acerca de ÍTERA Lex Tools© 2026 ÍTERA Lex Tools