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Índice de jurisprudencia — Río Negro

Fallos del STJ

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CAJA FORENSE DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ MUNICIPALIDAD DE CHIMPAY S/ EJECUCIÓN - EJECUCIÓN DE APORTES (RO-00024-L-0000)

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº316/06/2026Sent. 72 · Interlocutoria

El Superior Tribunal de Justicia declaró la competencia de la Cámara Primera del Trabajo de la Segunda Circunscripción Judicial para entender en la ejecución de aportes promovida por la Caja Forense de la Provincia de Río Negro contra la Municipalidad de Chimpay, y ordenó remitir allí la radicación para continuar el trámite. Sin costas. La discusión se originó por la declaración de incompetencia del Juzgado de Paz y la cuestión de competencia remitida al STJ. El Tribunal sostuvo que la interpretación armónica del art. 55 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y del art. 29 de la Ley D 869 conduce a atribuir la ejecución de aportes al fuero laboral, porque el cobro sigue la vía prevista para honorarios. También señaló que omitir normas aplicables compromete la fundamentación y genera dispendio jurisdiccional.

publico_institucionalHonorarios y costascompetenciacaja forenseaporteshonorariosfuero laboralley d 869municipalidad

UNION PERSONAL CIVIL DE LA NACION, SECCIONAL RÍO NEGRO C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ MEDIDA AUTOSATISFACTIVA

SECRETARÍA CIVIL STJ Nº129/05/2026Sent. 24 · Interlocutoria

El Superior Tribunal de Justicia declaró la competencia de la Cámara del Trabajo de la Primera Circunscripción Judicial con asiento en Viedma y ordenó remitir allí las actuaciones para que continúe el trámite. La controversia fue promovida por UPCN contra la Provincia en una medida autosatisfactiva vinculada con descuentos y la relación de empleo público. El Tribunal compartió los fundamentos del Dictamen N° 64/26 del Procurador General y, por brevedad, remitió a ellos para concluir que el conflicto debía tramitar ante el fuero laboral. La decisión no resuelve el fondo del reclamo sindical ni la validez de los actos cuestionados; sólo fija el órgano competente para continuar la causa.

publico_institucionalcontencioso_administrativo_laboralcompetenciafuero laboralupcnempleo publicomedida autosatisfactivadictamen procurador

COSTA BRUTTEN, LEANDRO C/ MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE S/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº428/05/2026Sent. 11 · Interlocutoria

El Superior Tribunal de Justicia declaró que la demanda no constituye un conflicto de poderes de competencia originaria del STJ y ordenó devolver las actuaciones al tribunal contencioso administrativo de origen. El actor, concejal y ciudadano de Bariloche, cuestionaba resoluciones municipales sobre transporte y sostenía que el Intendente había invadido facultades legislativas. El Tribunal sostuvo que la sola invocación del cargo de concejal y de la división de poderes no alcanza para configurar una contienda institucional entre órganos municipales. Consideró que la pretensión aparece orientada a la protección de derechos subjetivos, en especial igualdad ante la ley, por lo que corresponde al fuero contencioso administrativo examinar la admisibilidad y revisar los actos impugnados.

publico_institucionalconstitucional_institucionalcompetencia originariaconflicto de poderesmunicipalidad barilocheconcejalcontencioso administrativodivision de poderes

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