D. G. W. D. S/ ABUSO SEXUAL - LEY P 5020
El Superior Tribunal de Justicia declaró la inconstitucionalidad del último párrafo del art. 153 del Código Procesal Penal, dejó sin efecto el sobreseimiento de W.D.D.G. y declaró la caducidad de la instancia recursiva. Además, ordenó poner el legajo a disposición del Ministerio Público Fiscal. La decisión se dictó tras la intervención de la Corte Suprema y se concentró en los efectos procesales de la regla que imponía el sobreseimiento por vencimiento del plazo. El tribunal sostuvo que esa consecuencia automática resultaba incompatible con el marco constitucional aplicado al caso y que, al mismo tiempo, correspondía declarar caduca la instancia pendiente. Por tratarse de una causa penal por abuso sexual y con identidad abreviada, queda sujeta a revisión humana.
