UNION PERSONAL CIVIL DE LA NACION, SECCIONAL RÍO NEGRO C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ MEDIDA AUTOSATISFACTIVA
El Superior Tribunal de Justicia declaró la competencia de la Cámara del Trabajo de la Primera Circunscripción Judicial con asiento en Viedma y ordenó remitir allí las actuaciones para que continúe el trámite. La controversia fue promovida por UPCN contra la Provincia en una medida autosatisfactiva vinculada con descuentos y la relación de empleo público. El Tribunal compartió los fundamentos del Dictamen N° 64/26 del Procurador General y, por brevedad, remitió a ellos para concluir que el conflicto debía tramitar ante el fuero laboral. La decisión no resuelve el fondo del reclamo sindical ni la validez de los actos cuestionados; sólo fija el órgano competente para continuar la causa.
