PRESIDENTE DEL COLEGIO DE ARQUITECTOS DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO Y OTRO S/ ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD (RES. N° 106/INT/2025)
El Superior Tribunal de Justicia declaró que la acción de inconstitucionalidad promovida por los colegios profesionales contra resoluciones del intendente de Dina Huapi devino abstracta, por lo que no trató el fondo del planteo. Impuso costas por su orden. La discusión apuntaba a si el Poder Ejecutivo municipal había invadido competencias del Concejo Deliberante mediante normas sobre visado de proyectos en propiedad horizontal. El Tribunal sostuvo que las resoluciones cuestionadas habían perdido vigencia por el vencimiento de sus plazos y por el dictado de una ordenanza posterior que derogó el régimen impugnado. Al no existir un conflicto actual, aplicó la doctrina que impide emitir pronunciamientos inoficiosos sobre cuestiones abstractas.
