S.E.R. C/ IPROSS S/ PROCESOS CONSTITUCIONALES - AMPARO - APELACIÓN
El Superior Tribunal de Justicia hizo lugar a la apelación de Fiscalía de Estado y revocó la sentencia que había admitido el amparo contra Ipross para proveer una prótesis de rodilla izquierda con tobillo articulado. Costas por su orden. La discusión giró en torno a si la demora administrativa configuraba arbitrariedad o ilegalidad manifiesta y urgencia extrema. El Tribunal sostuvo que no se verificó negativa, reticencia ni dilación injustificada: Ipross había autorizado el material antes del amparo y el expediente de compra siguió el procedimiento de contrataciones, con pedidos de precios, dictámenes y orden de compra posterior. Agregó que la sentencia no valoró adecuadamente esas constancias ni la excepcionalidad del amparo, por lo que carecía de fundamentación suficiente.
