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Índice de jurisprudencia — Río Negro

Fallos del STJ

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INTERNOS PABELLÓN 4 - ESTABLECIMIENTO DE EJECUCIÓN PENAL 2 - GENERAL ROCA S/ HABEAS CORPUS

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº413/05/2026Sent. 62 · Definitiva

El Superior Tribunal de Justicia rechazó por inadmisible el habeas corpus presentado por internos del Pabellón 4 del Establecimiento Penal N° 2 de General Roca. La decisión mantuvo el cauce ya abierto ante los órganos competentes y no sustituyó al juez de ejecución ni a las autoridades penitenciarias. Los accionantes invocaban falta de atención sanitaria, requisas, traslados, teléfonos, sanciones y condiciones de detención. El tribunal advirtió que los planteos ya habían sido canalizados por la Defensa Pública, que existían presentaciones en trámite ante el Juzgado de Ejecución Penal N° 10 y que el habeas corpus no puede utilizarse para desplazar vías específicas aptas para el control de la ejecución de la pena. Por eso declaró inadmisible la acción.

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S.M. Y D.M.S. C/ IPROSS S/ AMPARO - APELACIÓN

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº408/05/2026Sent. 60 · Definitiva

El Superior Tribunal de Justicia hizo lugar parcialmente a la apelación de Fiscalía de Estado en un amparo contra IPROSS y revocó los puntos cuarto y sexto de la sentencia, con costas por su orden y regulación de honorarios. La decisión no desarmó todo el amparo, sino que corrigió aspectos puntuales del mandato judicial. La discusión se vinculaba con prestaciones y elementos de salud reclamados para la persona amparada. En una lectura conservadora, el tribunal ponderó la ausencia de reclamo administrativo o de documentación suficiente para algunos rubros, diferenciándolos de otras prestaciones ya ordenadas. Por tratarse de un caso de salud, probablemente con discapacidad, y además de tier escape, queda sujeto a revisión humana completa antes de publicación.

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P.Y.E. EN REP DE P. C/ M.D.S.P. S/ EJECUCION DE SENTENCIA AMPARO

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº408/05/2026Sent. 9 · Interlocutoria

El Superior Tribunal de Justicia hizo lugar a la queja de P.Y.E. y tuvo por cumplidos los recaudos formales para abrir la apelación vinculada con la ejecución de una sentencia de amparo. El texto oficial disponible no contiene un bloque formal de RESUELVE completo, por lo que el efecto operativo se toma del tramo final que anuncia la procedencia formal conforme el art. 249 del CPCyC. La discusión se concentró en la autosuficiencia de la queja y en la crítica contra la denegatoria. El tribunal consideró, de manera preliminar, que el recurso presentaba una crítica seriamente elaborada y habilitaba la revisión. Por la falta de dispositivo formal en la captura, el extracto requiere revisión humana.

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C.M.D.D.C. C/ HOSPITAL GRAL. ROCA FRANCISCO LOPEZ LIMA Y MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO S/AMPARO - APELACIÓN

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº407/05/2026Sent. 59 · Definitiva

El Superior Tribunal de Justicia rechazó la apelación de Fiscalía de Estado contra la sentencia de amparo que ordenaba cobertura de salud, con costas a la vencida. La decisión mantuvo la protección urgente dispuesta a favor de C.M.D.D.C. frente al Hospital y al Ministerio de Salud. La discusión se centró en la obligación estatal de responder ante un reclamo sanitario concreto y en la suficiencia de la vía de amparo. El tribunal sostuvo que subsistían los presupuestos de urgencia y necesidad, que la respuesta administrativa no resultaba adecuada para neutralizar el riesgo, y que la orden judicial era proporcionada al derecho comprometido. En consecuencia, confirmó la continuidad del mandato de cobertura sanitaria.

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A.J. S/ HABEAS CORPUS

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº406/05/2026Sent. 58 · Definitiva

El Superior Tribunal de Justicia declaró inadmisible el habeas corpus intentado por J.A. y remitió copia al Juzgado de Ejecución Penal N° 8 para su intervención. La resolución no sustituyó el control propio de la ejecución penal ni abrió una instancia originaria para revisar condiciones o incidencias de detención. El interno formulaba un reclamo que debía ser examinado por el juez competente, dentro de las vías ordinarias y específicas disponibles. El tribunal sostuvo que no había elementos que justificaran apartarse de ese cauce institucional y que el habeas corpus ante el STJ no procede como vía paralela cuando existen órganos naturales de control. Por eso cerró la acción y ordenó la remisión correspondiente.

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C.R.O. C/MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO Y HOSPITAL FRANCISCO LOPEZ LIMA S/ AMPARO - APELACIÓN

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº428/04/2026Sent. 57 · Definitiva

El Superior Tribunal de Justicia rechazó la apelación de Fiscalía de Estado y mantuvo la sentencia de amparo que ordenaba prestaciones sanitarias a favor de C.R.O., con costas por su orden. La decisión preservó el mandato urgente frente al Ministerio de Salud y el Hospital Francisco López Lima. La Provincia cuestionaba la procedencia del amparo, el alcance de las prestaciones, el plazo y el apercibimiento. El tribunal sostuvo que los agravios no rebatían los fundamentos centrales de la sentencia, que el amparo resultaba idóneo ante la afectación concreta del derecho a la salud y que la orden se limitaba a las prestaciones solicitadas. También descartó arbitrariedad, pues el fallo no regulaba situaciones futuras de modo genérico.

SaludAnonimizaciónSaludamparo saludministerio saludhospitalapelacion rechazadaprestaciones medicasurgencia

PRIMERO RÍO NEGRO S/ DEMANDA DE REVOCACIÓN DE MANDATO S/ APELACIÓN

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº424/04/2026Sent. 56 · Definitiva

El Superior Tribunal de Justicia rechazó la apelación del partido Primero Río Negro contra la sentencia del Juzgado Electoral Provincial que había desestimado la demanda de revocación de mandato contra un legislador. La decisión mantuvo el rechazo de la acción y no impuso costas por la naturaleza de la cuestión. El partido sostenía que el cambio de pertenencia política afectaba el mandato representativo y habilitaba la revocación. El tribunal recordó que la apelación queda delimitada por los agravios y que la carga recursiva exige una crítica concreta y razonada. Concluyó que el recurrente no rebatió eficazmente los fundamentos de la sentencia electoral ni demostró error en el análisis de la plataforma y sustancia programática.

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OVANDO, NELSON BENJAMIN C/ INSTITUTO PROVINCIAL DE SEGURO DE SALUD - IPROSS S/ EJECUCIÓN - EJECUCIÓN DE SENTENCIA

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº424/04/2026Sent. 8 · Interlocutoria

El Superior Tribunal de Justicia declaró que la competencia para ejecutar la sentencia principal corresponde al juez natural de la causa, Juan Pedro Puntel, del Foro Penal de la Cuarta Circunscripción Judicial, y remitió allí las actuaciones. La decisión es instrumental y ordena el órgano que debe continuar con la ejecución contra IPROSS. El conflicto había llegado por una declaración de incompetencia y remisión de una jueza civil. El STJ sostuvo que la ejecución de la sentencia debía seguir ante el magistrado que intervino en el proceso principal, evitando desplazar la competencia natural. Por eso ordenó remitir el expediente y cambiar la radicación para dar continuidad al trámite. Por involucrar ejecución de una prestación de salud, queda en revisión.

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S.D.T. S/ AMPARO

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº423/04/2026Sent. 55 · Definitiva

El Superior Tribunal de Justicia declaró inadmisible la acción intentada por el interno Diego Tomás Serafini y remitió copia al Juzgado de Ejecución Penal N° 10 para que tramite los planteos de salud por la vía correspondiente. La resolución no sustituyó al juez competente ni abrió una vía directa de amparo o habeas ante el STJ. El accionante pretendía obtener respuestas vinculadas con su estado de salud durante la detención. El tribunal sostuvo que el planteo buscaba desplazar al órgano natural, pese a existir un cauce hábil para tratar la petición. Por eso declaró inadmisible la acción y ordenó la remisión para seguimiento sanitario en ejecución penal.

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GUERRA LABAYEN, GUSTAVO S/ QUEJA EN: GUERRA LABAYEN, GUSTAVO S/ ENJUICIAMIENTO EXPTE N° CMD-23-0038-0000 Y JANUS CM 00050-0000

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº421/04/2026Sent. 52 · Definitiva

El Superior Tribunal de Justicia declaró inadmisible el recurso extraordinario federal de Gustavo Guerra Labayen, con costas, en el marco de un enjuiciamiento. La decisión cerró el acceso a la Corte Suprema y mantuvo la validez del pronunciamiento local. El recurrente intentaba plantear cuestión federal sobre la sanción de destitución y el encuadre de su conducta. El STJ sostuvo que, en asuntos de enjuiciamiento, las quejas sobre mal desempeño y proporcionalidad de la sanción remiten a materias no revisables judicialmente salvo supuestos excepcionales no demostrados. También consideró insuficiente la invocación federal y aplicó los recaudos de admisibilidad de la Ley 48 y la Acordada 4/2007. Por el carácter institucional del caso, queda identificado como público institucional.

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