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Índice de jurisprudencia — Río Negro

Fallos del STJ

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[G.I.J.] S/ AMPARO

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº423/07/2026Sent. 95 · Definitiva

No pudimos hacer la síntesis ÍTERA: no hay contenido oficial suficiente disponible en el PJ de Río Negro para este fallo.

[F.S.J.M.] C/IPROSS S/ AMPARO

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº430/06/2026Sent. 93 · Definitiva

El Superior Tribunal de Justicia rechazó la apelación de Fiscalía de Estado y mantuvo la orden que obligó a Ipross a proveer la prótesis indicada para que [J.M.F.S.] pueda acceder a la cirugía de rodilla, con costas por su orden. La discusión se centró en si la demora administrativa y el plazo de diez días justificaban la vía de amparo. El tribunal sostuvo que habían transcurrido más de siete meses desde el pedido urgente, que la obra social no contestó la intimación judicial y que los agravios no demostraron ausencia de arbitrariedad ni error en la valoración de la prueba. También consideró prematuro el cuestionamiento de astreintes porque la multa aún no se había efectivizado.

SaludAnonimizaciónSaludamparo saludiprossprotesiscirugiaurgencia medicaastreintesapelacion

[Z.M.E.] (EN REPRESENTACION DE [D.I.Z]) C/ INSTITUTO PROVINCIAL DE SEGURO DE SALUD - IPROSS S/ AMPARO

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº430/06/2026Sent. 94 · Definitiva

El Superior Tribunal de Justicia rechazó la apelación de Fiscalía de Estado y dejó firme el amparo que ordenó a Ipross cubrir la cantidad de sesiones terapéuticas prescriptas para D., con costas por su orden. La discusión se concentró en si la cobertura parcial autorizada por la auditoría médica bastaba para descartar arbitrariedad. El tribunal sostuvo que no estaban controvertidos la afiliación, el diagnóstico ni la procedencia del tratamiento, y que la diferencia real era la frecuencia mensual de las terapias. Frente a la prescripción médica, la vía administrativa previa sin respuesta favorable y el plus protectivo de niñas, niños, adolescentes y personas con discapacidad, consideró que el criterio de la jueza no era arbitrario.

SaludDiscapacidadNNyAAnonimizaciónSaludamparo saludiprossterapiasdiscapacidadnnyacobertura parcialmedico tratante

[T.M.F.D.L.M.] Y [W.J.A.] (EN REPRESENTACIÓN DE SU HIJO MENOR [F.W.T.]) C/ INSTITUTO PROVINCIAL DE SEGURO DE SALUD - IPROSS S/ AMPARO - APELACIÓN

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº426/06/2026Sent. 92 · Definitiva

El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso de apelación de la Provincia y confirmó la sentencia que había hecho lugar al amparo, de modo que el Ipross debe entregar a un niño con pectus excavatum el dispositivo Vacum Bell prescripto, con cobertura de costos y honorarios. Costas a la vencida. La discusión giró en torno a si existió arbitrariedad o ilegalidad manifiesta del Ipross, que alegaba estar tramitando la compra conforme al régimen de contrataciones provincial. El Tribunal sostuvo que el recurso no rebatió el argumento central del fallo: más de quince meses desde el pedido de cobertura sin respuesta a los reclamos ni fecha estimada de entrega, con el trámite impulsado recién luego de notificado el amparo. Ponderó la urgencia médica acreditada, el agravamiento de la patología y el interés superior del niño, por lo que la decisión no luce arbitraria.

NNyASaludAnonimizaciónSaludamparo saludnnyainteres superior ninoiprossurgencia medicademora administrativapectus excavatumvacum bell

INTERNOS PABELLÓN 4 - ESTABLECIMIENTO DE EJECUCIÓN PENAL 2 - GENERAL ROCA S/ HABEAS CORPUS

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº425/06/2026Sent. 91 · Definitiva

No pudimos hacer la síntesis ÍTERA: no hay contenido oficial suficiente disponible en el PJ de Río Negro para este fallo.

INTERNOS PABELLÓN 4 - ESTABLECIMIENTO DE EJECUCIÓN PENAL 2 - GENERAL ROCA S/ HABEAS CORPUS

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº425/06/2026Sent. 91 · Definitiva

El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso de apelación interpuesto contra la decisión que había declarado inadmisible el habeas corpus promovido por internos alojados en el Pabellón 4 del Establecimiento de Ejecución Penal N° 2 de General Roca, y ordenó el archivo una vez firme. La discusión llegó al Tribunal por la apelación de defensores particulares contra lo resuelto por la Presidencia del STJ. La sentencia no desarrolla fundamentos propios extensos: remite, por razón de brevedad, al Dictamen N° 77/26 del Procurador General, cuyos antecedentes, agravios, fundamentos, consideraciones y conclusiones comparte. Por esa remisión, el extracto sólo puede afirmar el cierre de la apelación y la inadmisibilidad de la acción en los términos del dictamen citado, sin reconstruir razones que no surgen directamente del texto del fallo.

Persona privada de libertadAnonimizaciónEjecución penalhabeas corpusejecucion penalinternosestablecimiento penalapelaciondictamen pgremision

M.A.A. (EN REP. M.G.V.)C/ IPROSS S/ AMPARO (JUEZ DE TRAMITE DR. FRATTINI) - APELACIÓN

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº423/06/2026Sent. 90 · Definitiva

El Superior Tribunal de Justicia hizo lugar al recurso de apelación de la Fiscalía de Estado y revocó la sentencia que había admitido parcialmente el amparo, dejando sin efecto la orden que obligaba al Ipross a cubrir doce horas diarias de acompañamiento terapéutico a una afiliada con discapacidad. Costas por su orden. La discusión se centró en si el Ipross incurrió en arbitrariedad o ilegalidad manifiesta al autorizar seis horas de acompañamiento terapéutico y seis de cuidador domiciliario, en lugar de las doce horas prescriptas. El Tribunal sostuvo que no se configuró un obrar manifiestamente ilegítimo, porque la obra social aprobó el máximo previsto por su normativa vigente y el Decreto 340/2019. Agregó que, ante la discrepancia técnica entre profesionales, debió consultarse al Cuerpo de Investigación Forense, por lo que la sentencia carecía de fundamentación legal suficiente.

SaludDiscapacidadAnonimizaciónSaludamparo saluddiscapacidadacompanante terapeuticoiprossarbitrariedad manifiestaciffalta fundamentacion

S.A.C.M. Y OTROS C/ INSTITUTO PROVINCIAL DE SEGURO DE SALUD - IPROSS S/ AMPARO - AMPARO

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº418/06/2026Sent. 89 · Definitiva

El Superior Tribunal de Justicia rechazó la apelación de los amparistas y confirmó, en lo sustancial, el rechazo del amparo contra el Ipross para obtener cobertura integral y urgente de Vosoritide para una niña con acondroplasia. Costas por su orden. La discusión se centró en si la negativa de cobertura era manifiestamente arbitraria frente a la prescripción médica y la alegada ventana terapéutica. El Tribunal sostuvo que la pericia del CIF describía evidencia científica aún limitada, ausencia de certeza sobre beneficios clínicos integrales y falta de urgencia médico-vital inmediata, por lo que el caso requería mayor debate y prueba. Afirmó que el amparo no es la vía para sustituir criterios técnicos razonables ni tramitar controversias sanitarias complejas cuando existen vías legales útiles. Por ser `tier=escape` y sensible, requiere revisión humana.

NNyASaludDiscapacidadAnonimizaciónSaludamparo saludnnyadiscapacidadiprossvosoritideacondroplasiacifevidencia cientifica

VECINOS DE LA CALLE CIEGA N° 10 DE ALLEN C/ YPF S A Y OTROS S/ AMPARO COLECTIVO(C) (ANTERIOR S-2RO-23-C5-18)

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº416/06/2026Sent. 88 · Definitiva

No pudimos hacer la síntesis ÍTERA: no hay contenido oficial suficiente disponible en el PJ de Río Negro para este fallo.

G.M.S.E. C/ M.D.S.D.L.P.D.R.N. S/ AMPARO S/ INCIDENTE DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA - APELACIÓN

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº412/06/2026Sent. 87 · Definitiva

El Superior Tribunal de Justicia hizo lugar al recurso de apelación de la Fiscalía de Estado, revocó el pronunciamiento dictado en el incidente de ejecución y declaró cumplido el objeto del amparo vinculado a la provisión de Ofatumumab. Impuso costas por su orden. La discusión se centró en si la intimación judicial podía exigir al Estado informar gestiones actuales o futuras sobre dosis no incluidas en la sentencia firme. El Tribunal sostuvo que la providencia impugnada excedió los límites de la cosa juzgada: la condena original ordenó entregar una cantidad determinada de medicación y no impuso un deber permanente de supervisión o información. Consideró que transformar la ejecución en un control preventivo indefinido incorporaba obligaciones sin título ejecutivo y afectaba la zona de actuación administrativa, por lo que correspondía tener por cumplido el amparo.

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