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Índice de jurisprudencia — Río Negro

Fallos del STJ

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SEPULVEDA, MARCIA CAROLINA C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO (JEFATURA DE POLICIA) S/ ORDINARIO - CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - CONTENCIOSO - QUEJA

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº310/06/2026Sent. 68 · Interlocutoria

El Superior Tribunal de Justicia admitió la excusación del juez Ricardo A. Apcarian y mantuvo la integración actual del Tribunal para continuar el trámite. La decisión no resuelve la queja ni el recurso de inaplicabilidad de ley subyacente: se limita a ordenar la composición del órgano que seguirá interviniendo. El planteo surgió porque el magistrado informó una relación de afinidad en primer grado con la letrada que actuaba como apoderada de la Provincia de Río Negro en la queja. El Tribunal consideró que la excusación estaba normativamente encuadrada, que los motivos fueron explicitados y que la aceptación preserva la garantía de imparcialidad. En consecuencia, dispuso integrar con juez subrogante y continuar los autos según su estado.

publico_institucionalProcesalexcusacionintegracion tribunalimparcialidadjuez subrogantequejaart 28 cpcyc

VALDERRAMA, ADRIANA ISABEL C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO (JEFATURA DE POLICIA) S/ ORDINARIO - CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - CONTENCIOSO - QUEJA

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº310/06/2026Sent. 64 · Interlocutoria

El Superior Tribunal de Justicia admitió la excusación del juez Ricardo A. Apcarian y mantuvo la integración actual del Tribunal para seguir entendiendo en la causa. La resolución no abre ni cierra la queja sobre el litigio contencioso-administrativo laboral, sino que resuelve un punto previo de integración judicial. El magistrado se apartó por una relación de afinidad en primer grado con la letrada que intervino como apoderada de la Provincia en la queja. El Tribunal sostuvo que la excusación fue fundada en forma expresa y encuadrada en el art. 28 del CPCyC; por ello, para preservar la imparcialidad del órgano y cumplidos los recaudos procesales, correspondía aceptarla y continuar el trámite con la integración fijada.

publico_institucionalProcesalexcusacionimparcialidadintegracion tribunalart 28 cpcycjuez subrogantequeja

S.E.R. C/ IPROSS S/ PROCESOS CONSTITUCIONALES - AMPARO - APELACIÓN

SECRETARÍA CAUSAS ORIGINARIAS Y CONSTITUCIONAL STJ Nº410/06/2026Sent. 86 · Definitiva

El Superior Tribunal de Justicia hizo lugar a la apelación de Fiscalía de Estado y revocó la sentencia que había admitido el amparo contra Ipross para proveer una prótesis de rodilla izquierda con tobillo articulado. Costas por su orden. La discusión giró en torno a si la demora administrativa configuraba arbitrariedad o ilegalidad manifiesta y urgencia extrema. El Tribunal sostuvo que no se verificó negativa, reticencia ni dilación injustificada: Ipross había autorizado el material antes del amparo y el expediente de compra siguió el procedimiento de contrataciones, con pedidos de precios, dictámenes y orden de compra posterior. Agregó que la sentencia no valoró adecuadamente esas constancias ni la excepcionalidad del amparo, por lo que carecía de fundamentación suficiente.

SaludDiscapacidadAnonimizaciónSaludamparo saludiprossprotesisdiscapacidadcontrataciones publicasarbitrariedad manifiestavia amparo inadecuada

ALARCON, MARIA ALEJANDRA C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO (JEFATURA DE POLICIA) S/ ORDINARIO - CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - CONTENCIOSO - QUEJA

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº310/06/2026Sent. 65 · Interlocutoria

El Superior Tribunal de Justicia admitió la excusación del juez Ricardo A. Apcarian y mantuvo la integración actual del Tribunal para continuar el trámite de la queja. La decisión no decide el recurso de inaplicabilidad de ley ni la controversia contencioso-administrativa de fondo: sólo resuelve la composición del órgano jurisdiccional. El magistrado explicó que tomó conocimiento de la queja presentada por una letrada apoderada de la Provincia de Río Negro con quien mantiene relación de afinidad en primer grado. El Tribunal entendió que la causal fue expresada y encuadrada normativamente, y que aceptar la excusación era necesario para asegurar la imparcialidad de las decisiones. Por eso ordenó continuar los autos según su estado con la integración correspondiente.

publico_institucionalProcesalexcusacionintegracion tribunalimparcialidadafinidadjuez subrogantequeja

MORENO, HUGO ADRIAN C/ AMARO, FEDERICO S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - INAPLICABILIDAD DE LEY

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº310/06/2026Sent. 62 · Interlocutoria

El Superior Tribunal de Justicia declaró bien concedido el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la demandada y llamó autos al acuerdo. La decisión tiene alcance de admisibilidad: no resuelve todavía el fondo del accidente de trabajo ni la responsabilidad discutida, sino que habilita el tratamiento del recurso ya concedido por la Cámara. El examen preliminar constató que la presentación cumple la Acordada 9/23-STJ y, en principio, los requisitos formales del art. 63 de la Ley P 5631. El efecto práctico es que la causa queda radicada ante el STJ para resolver el recurso extraordinario, sin adelantar criterio sobre los agravios sustanciales que serán examinados en la etapa posterior.

Laboralinaplicabilidad de leyadmisibilidadaccidente trabajoacordada 9 2023requisitos formalesvia extraordinaria

HERNANDEZ, CLAUDIO ALEJANDRO C/ MUNICIPALIDAD DE ALLEN S/ ORDINARIO - RECLAMO LEY DE CONTRATO DE TRABAJO - INAPLICABILIDAD DE LEY

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº310/06/2026Sent. 66 · Interlocutoria

El Superior Tribunal de Justicia declaró bien concedido parcialmente el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley de la demandada y llamó autos al acuerdo. La decisión es estrictamente de admisibilidad: no resuelve aún el reclamo laboral ni define el alcance de la responsabilidad de la Municipalidad de Allen. El antecedente relevante es que la Cámara del Trabajo había declarado parcialmente admisible el recurso mediante interlocutorio del 05-05-26. En el examen preliminar, el STJ constató que la presentación cumplía la Acordada 9/23-STJ y, en principio, los requisitos formales del art. 63 de la Ley P 5631. El efecto práctico es la apertura parcial de la vía extraordinaria para que el Tribunal trate luego los agravios admitidos.

Laboralinaplicabilidad de leyadmisibilidad parcialreclamo laboralmunicipalidadacordada 9 2023via extraordinaria

VAZQUEZ, HUGO ALEJANDRO C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO (JEFATURA DE POLICIA) S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - CONTENCIOSO - QUEJA

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº310/06/2026Sent. 63 · Interlocutoria

El Superior Tribunal de Justicia admitió la excusación del juez Ricardo A. Apcarian y mantuvo la integración actual del Tribunal. La decisión se limita a la composición del órgano que continuará el trámite de la queja en el proceso contencioso-administrativo; no resuelve el recurso de inaplicabilidad de ley ni los agravios de fondo. El magistrado informó que la queja fue presentada por una letrada apoderada de la Provincia de Río Negro con quien mantiene una relación de afinidad en primer grado. El Tribunal consideró que la causal fue explicitada y encuadrada en el art. 28 del CPCyC, y que su aceptación preserva la garantía de imparcialidad. Por ello dispuso seguir entendiendo con la integración correspondiente y continuar los autos según su estado.

publico_institucionalProcesalexcusacionintegracion tribunalimparcialidadafinidadart 28 cpcyccontencioso administrativo

VILLARROEL, NICOLAS JUAN; ALVARADO, LEONARDO FABIÁN Y CALFULEO ALMONACID, FERNANDO C/ HOTELERIA DE LOS LAGOS S.A S/ ORDINARIO - INAPLICABILIDAD DE LEY

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº308/06/2026Sent. 57 · Interlocutoria

El Superior Tribunal de Justicia declaró bien concedido parcialmente el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley de la demandada y llamó autos al acuerdo. El pronunciamiento sólo abre la revisión extraordinaria en los términos admitidos por la Cámara: no decide todavía el fondo del reclamo ordinario laboral de los trabajadores contra la empleadora. El examen preliminar tomó como antecedente el interlocutorio del 12-05-26, que había declarado parcialmente admisible el recurso. El STJ verificó que, en principio, se encontraban cumplidos la Acordada 9/23-STJ y los recaudos formales exigidos por el art. 63 de la Ley P 5631. La consecuencia práctica es que el expediente queda en condiciones de acuerdo para tratar la cuestión extraordinaria admitida.

Laboralinaplicabilidad de leyadmisibilidad parciallaboralacordada 9 2023requisitos formalesvia extraordinaria

R A J S/ PRIVACIÓN ILEGÍTIMA DE LA LIBERTAD - LEY P 5020

SECRETARÍA PENAL STJ Nº208/06/2026Sent. 75 · Definitiva

El Superior Tribunal de Justicia declaró inadmisible el recurso extraordinario federal de la defensa de Á.J.R. y cerró la vía para revisar ante la Corte la condena vinculada a privación ilegítima de la libertad. La defensa alegaba arbitrariedad, presunción de inocencia, duda razonable, doble conforme, defensa en juicio y debido proceso. El Tribunal sostuvo que el recurso no cumplía la Acordada 4/07 y que, en lo sustancial, repetía agravios ya desestimados sin rebatir los fundamentos independientes de la sentencia impugnada. Recordó que la doctrina de arbitrariedad es excepcional, no habilita una cuarta instancia ni permite reabrir la valoración probatoria por mera discrepancia. La identidad se conserva anonimizada como en la fuente.

AnonimizaciónPenalrecurso extraordinario federalprivacion ilegitima libertadacordada 4 2007arbitrariedadvaloracion probatoriadoble conforme

RUBIO, CRISTIAN ESTEBAN C/ HORIZONTE COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS GENERALES S.A. S/ ORDINARIO (L) - QUEJA

SECRETARÍA LABORAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL STJ Nº308/06/2026Sent. 61 · Definitiva

El Superior Tribunal de Justicia rechazó la queja del actor y dejó cerrada la vía extraordinaria de inaplicabilidad de ley en el reclamo laboral contra la aseguradora. Impuso costas. El recurrente sostenía que la denegatoria era arbitraria, dogmática e incongruente porque no habría tratado sus agravios sobre la sentencia definitiva, defensa en juicio, acceso a la justicia y fundamentación. El Tribunal no revisó el fondo del accidente ni la prueba: sostuvo que el recurso incumplía la Acordada 9/23-STJ, tanto por el límite formal de renglones como por falta de crítica concreta de todos los fundamentos autónomos de la denegatoria. Al no superar esos recaudos de admisibilidad, la queja fue rechazada.

Laboralquejaaccidente trabajoinaplicabilidad de leyacordada 9 2023limite renglonesfalta critica concreta

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