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Índice de jurisprudencia — Río Negro

Fallos jurisdiccionales

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Índice indexado · 555 resultados

31 – 40 de 555

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[DENUNCIANTE_1] C/ [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] S/ VIOLENCIA

JUZGADO DE PAZ 1RA CIRC. SAN ANTONIO OESTE22/07/2026Sent. 332 · Interlocutoria

El Juzgado de Paz dictó medidas protectorias en una denuncia de violencia entre [DENUNCIANTE_1] y [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]. Ordenó a la denunciada abstenerse de ejercer actos de violencia, incidentes, agravios, reclamos por cualquier vía y publicaciones en redes sociales contra la denunciante o su grupo familiar. También dispuso una prohibición de acercamiento de 100 metros respecto de [DENUNCIANTE_1], su grupo familiar conviviente, su domicilio y su lugar de trabajo. Las medidas rigen por 120 días y se comunicaron a Fiscalía por la denuncia penal previa.

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"'[DENUNCIANTE_1]' C/ '[DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/ VIOLENCIA"

JUZGADO DE PAZ 1RA CIRC. VALCHETA22/07/2026Sent. 22 · Interlocutoria

El Juzgado de Paz dispuso medidas recíprocas en una denuncia de violencia familiar. Prohibió a [DENUNCIANTE_1] y [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] realizar actos de violencia, molestias o perturbaciones, y ratificó la prohibición de acercamiento de [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] hacia [DENUNCIANTE_1] en un radio de 200 metros. También ordenó presencia policial para el retiro de bienes, rondas preventivas, intervención municipal, SENAF y tratamiento psicológico para ambas partes. Las medidas cautelares rigen por 120 días y el expediente se elevó al Juzgado de Familia.

NNyAViolencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarmedidas reciprocasprohibicion acercamientorondas policialessenaffamilia

'[DENUNCIANTE_1]' C/ '[DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/ VIOLENCIA

JUZGADO DE PAZ 2DA CIRC. ALLEN22/07/2026Sent. 372 · Interlocutoria

El Juzgado de Paz decretó una medida preventiva en una denuncia de violencia familiar. Ordenó a [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] abstenerse, por 90 días, de realizar actos que perturben directa o indirectamente a [DENUNCIANTE_1] o al domicilio donde se encuentre, y de efectuar reclamos fuera de la vía legal. Indicó que las medidas son de cumplimiento recíproco y rechazó la restitución de pertenencias solicitada porque los bienes no eran enseres personales. También remitió las actuaciones a la Unidad Procesal de Familia en turno.

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[NOMBRE_1] C/ [NOMBRE_2] S/ VIOLENCIA

JUZGADO DE FAMILIA LUIS BELTRAN22/07/2026Sent. 701 · Interlocutoria

El Juzgado de Familia prorrogó medidas protectorias en una causa de violencia familiar. Ordenó mantener por 30 días la prohibición de acercamiento de [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] respecto de su hija, la niña [FAMILIAR_1], con un radio de 200 mts. La decisión se apoyó en la falta de elementos suficientes para corroborar una modificación de la situación familiar denunciada y en el criterio de la Defensora de Menores. También ordenó oficiar a SENAF y a la unidad preventora, con apercibimiento por desobediencia.

NNyAViolencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarprorroga medidasprohibicion acercamientonnyasenaffamilia

[CONDENADO_1] S/DETENIDO EN UNIDAD CARCELARIA

JUZGADO DE EJECUCION PENAL NRO. 8- VIEDMA22/07/2026Sent. 328 · Interlocutoria

El Juzgado de Ejecución Penal admitió la excusación de una secretaria subrogante para intervenir en una causa de detenido en unidad carcelaria. Consideró válidas las razones de decoro y delicadeza expuestas, orientadas a resguardar la legalidad, objetividad e imparcialidad del trámite. La resolución también ordenó que, durante la subrogancia, las funciones propias de la Secretaría sean ejercidas por el agente del Juzgado que actúe como Jefe de División. No decidió sobre la situación de detención ni sobre el cumplimiento de pena.

Procesalexcusacioninhibicionsecretaria subrogantedetenido unidad carcelariaimparcialidadregistro

"'[DENUNCIANTE_1]' C/ '[DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/ VIOLENCIA (DENUNCIAS RECÍPROCAS)"

JUZGADO DE PAZ 4TA CIRC. CINCO SALTOS22/07/2026Sent. 413 · Interlocutoria

El Juzgado de Paz ordenó elevar denuncias recíprocas de violencia a la Unidad Procesal de Familia de Cipolletti para evaluación de riesgo por el Equipo Técnico Interdisciplinario. La resolución tomó en cuenta las audiencias con [DENUNCIANTE_1] y [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1], la conflictiva familiar expuesta y la necesidad de observar la dinámica familiar antes de adoptar una decisión más amplia. También hizo saber a ambas partes que deberán contar con patrocinio legal obligatorio para la continuidad del proceso. No ordenó exclusión ni prohibición de acercamiento en esta resolución.

Violencia familiarSaludAnonimizaciónFamiliaviolencia familiardenuncias reciprocasevaluacion riesgoequipo interdisciplinariopatrocinio letradofamilia

"'[DENUNCIANTE_1]' C/ '[DENUNCIANTE_2]' S/ VIOLENCIA (DENUNCIAS RECÍPROCAS)"

UNIDAD PROCESAL Nº 11 - CIPOLLETTI22/07/2026Sent. 224 · Interlocutoria

El Juzgado de Familia rechazó denuncias recíprocas de violencia formuladas por [DENUNCIANTE_1] y [DENUNCIANTE_2]. Consideró que, según las denuncias y audiencias, la pretensión principal versaba sobre cuestiones patrimoniales y no encuadraba en las previsiones de la Ley de Violencia Familiar 3040. La resolución indicó que esos reclamos deben canalizarse por la vía judicial pertinente con asistencia letrada. No dictó medidas protectorias y ordenó notificar personalmente a los denunciantes; firme la decisión, dispuso el archivo y la asistencia letrada para canalizar el conflicto.

Violencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiardenuncias reciprocasdesestimacioncuestion patrimonialvia pertinentefamilia

F.R.O. S/ SITUACION

UNIDAD PROCESAL Nº 7 (JUZGADO DE FAMILIA N° 7) - CIPOLLETTI22/07/2026Sent. 331 · Interlocutoria

La Unidad Procesal de Familia declaró que la situación informada por el Servicio de Salud Mental y Comunitaria no ameritaba tratamiento por esa vía judicial. Indicó que la intervención coordinada correspondía a organismos administrativos con competencia en política habitacional y situaciones de vulnerabilidad, no a una intervención judicial prematura. Sin perjuicio de ello, hizo saber al servicio que podía requerir asistencia letrada gratuita para canalizar la situación por la vía pertinente y ordenó el archivo oportuno.

Salud mentalProcesalcompetenciasalud mentalpolitica habitacionalasistencia letradaarchivoprocesal

[NOMBRE_1] C/ [NOMBRE_2] S/ VIOLENCIA (f) (SE LE ACUMULA EXPTES E-2CY-127-JFLB2020 Y E-2CY-240-JFLB2022)

JUZGADO DE FAMILIA LUIS BELTRAN22/07/2026Sent. 700 · Interlocutoria

El Juzgado de Familia prorrogó medidas protectorias vinculadas a niños en una causa de violencia familiar. Ordenó mantener la suspensión del régimen de comunicación de [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] respecto de [FAMILIAR_1] y [FAMILIAR_2] y la prohibición de acercamiento hacia ellos, donde se encuentren, su vivienda o lugar de residencia. Las medidas rigen por 60 días desde la notificación. La decisión se fundó en que no había elementos suficientes para corroborar una modificación de la situación familiar denunciada y en el criterio de la Defensora de Menores.

NNyAViolencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarprorroga medidassuspension comunicacionprohibicion acercamientonnyafamilia

[NOMBRE_1] C/ [NOMBRE_2] S/ VIOLENCIA

JUZGADO DE PAZ 1RA CIRC. SAN ANTONIO OESTE22/07/2026Sent. 330 · Interlocutoria

El Juzgado de Paz ordenó medidas protectorias en una denuncia de violencia familiar. Dispuso que [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] se abstenga de ejercer actos de violencia contra [DENUNCIANTE_1] y la niña [FAMILIAR_1], y fijó una prohibición de acercamiento de 100 metros respecto de ambas y de su domicilio. Las medidas rigen por 90 días. La resolución se fundó en los hechos denunciados, la necesidad de prevenir nuevas situaciones de riesgo y las facultades urgentes del Código Procesal de Familia.

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