G.L.E. C/ F.C.G. S/ VIOLENCIA
El juzgado ordenó medidas de protección en una denuncia de violencia familiar. Hizo saber a C.G.F. que debe cesar toda conducta violenta contra L.E.G. y dispuso una prohibición de acercamiento en un radio de 300 metros del domicilio de la denunciante, su lugar de estudio o trabajo y demás espacios indicados en la orden. La decisión se mantiene en el plano preventivo: no declara probado el fondo de los hechos denunciados, sino que fija restricciones cautelares y apercibimientos.
