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Índice de jurisprudencia — Río Negro

Fallos jurisdiccionales

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Índice indexado · 563 resultados

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'[ACTOR_1]' C/ '[DEMANDADO_1]' Y OTROS S/ AUMENTO DE CUOTA ALIMENTARIA

JUZGADO DE FAMILIA LUIS BELTRAN06/07/2026Sent. 666 · Interlocutoria

El Juzgado de Familia fijó una cuota alimentaria provisoria equivalente al 70 % del SMVM a cargo del progenitor demandado. La medida se dictó al iniciar el aumento de cuota, porque la cuota anterior del 40 % del SMVM había quedado desactualizada frente a los índices inflacionarios. Ordenó el depósito del uno al diez de cada mes en Banco Patagonia y aclaró que asignaciones familiares, ayuda escolar y escolaridad deben aportarse por separado. También dispuso intervención de la Defensoría de Menores e Incapaces.

NNyAAnonimizaciónFamiliaalimentoscuota provisoriaSMVMaumento de cuotaasignaciones familiares

'[ACTOR_1] C/ [DEMANDADO_1]' S/ ALIMENTOS

UNIDAD PROCESAL N° 17 2DA CIRC. - G. ROCA06/07/2026Sent. 313 · Interlocutoria

El Juzgado de Familia dispuso el levantamiento de la medida razonable que suspendía el carnet de conducir de [DEMANDADO_1]. La decisión tuvo en cuenta el pedido del alimentante, los argumentos expuestos, las constancias del expediente y la conformidad de la parte actora. También ordenó librar oficio para comunicar la medida y notificó a las partes conforme la Acordada 36/2022 STJ.

AnonimizaciónFamiliaalimentoslevantamiento de medidacarnet de conducirconformidadfamilia

'[ACTOR_1]' C/ '[DEMANDADO_1]' S/ ALIMENTOS

UNIDAD PROCESAL N° 17 2DA CIRC. - G. ROCA06/07/2026Sent. 312 · Interlocutoria

El Juzgado de Familia fijó una cuota alimentaria provisoria a cargo de [DEMANDADO_1] en favor de sus hijos menores. La decisión estableció como prestación razonable el 100% del Salario Mínimo Vital y Móvil, a depositar del 1 al 10 de cada mes en una cuenta judicial del Banco Patagonia. La medida se dictó con carácter cautelar, antes de la audiencia prevista por el CPF y sin perjuicio de lo que se resuelva cuando las partes aporten prueba.

NNyAAnonimizaciónFamiliaalimentos provisorioscuota alimentariasmvmcuenta judicialnnya

BEROISA CARINA DANIELA C/ MINISTERIO DE EDUCACION Y DERECHOS HUMANOS DE RIO NEGRO S/ MEDIDA CAUTELAR

UNIDAD JURISDICCIONAL CIVIL 31 CHOELE CHOEL04/07/2026Sent. 167 · Interlocutoria

La Unidad Jurisdiccional hizo lugar a la medida cautelar de Carina Daniela Beroisa contra el Ministerio de Educación y Derechos Humanos de Río Negro. Ordenó al ministerio arbitrar los procedimientos para ajustarse al Decreto Ley 6754/43 y abstenerse de realizar descuentos salariales por encima de los topes legales, con acreditación de cumplimiento en cinco días y astreintes de $ 100.000 por cada día de demora. La actora cuestionó retenciones bajo los conceptos AMSER y MEPUC que, según los recibos analizados, dejaron haberes netos muy inferiores al salario mínimo vital y móvil. El juzgado se declaró competente por la vinculación con el proceso de consumo iniciado ante la misma unidad y consideró acreditados la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora por el carácter alimentario del salario.

civil_patrimonialmedida cautelardescuentos salarialessalariomutualesdefensa consumidorastreintes

M.S.I. C/ D.P.O.C. S/ VIOLENCIA

JUZGADO DE PAZ 2DA CIRC. MAQUINCHAO04/07/2026Sent. 23 · Interlocutoria

No pudimos hacer la síntesis ÍTERA: no hay contenido oficial suficiente disponible en el PJ de Río Negro para este fallo.

B.M.E. C/ L.J.P. S/ VIOLENCIA

JUZGADO DE PAZ 2DA CIRC. MAQUINCHAO04/07/2026Sent. 22 · Interlocutoria

No pudimos hacer la síntesis ÍTERA: no hay contenido oficial suficiente disponible en el PJ de Río Negro para este fallo.

SOBARZO, RICARDO Y CANALES, SEBASTIANA DEL CARMEN S/ SUCESION - SUCESIÓN INTESTADA

JUZGADO CIVIL, COMERCIAL, MINERÍA Y SUCESIONES N° 3 - CIPOLLETTI03/07/2026Sent. 127 · Interlocutoria

El Juzgado Civil de Cipolletti declaró ampliada la declaratoria de herederos en la sucesión de Ricardo Sobarzo y Sebastiana del Carmen Canales. Incorporó a María Mabel Sobarzo y declaró que por el fallecimiento de Ricardo Sobarzo lo suceden sus hijos Claudia Elizabeth, María Alejandra, Eduardo Ricardo, Nancy Miriam, Alberto Marcelo, Ceferino Jorge Rafael, María Mabel y Bruno Gustavo Sobarzo, junto con la cónyuge supérstite respecto de bienes propios y derechos gananciales. También declaró a esos hijos herederos de Sebastiana del Carmen Canales.

Sucesionessucesiondeclaratoria herederosampliacionherederosconyuge superstite

HOLZMANN RUIZ, HÉCTOR GASTÓN C/ PROVINCIA DE RÍO NEGRO (POLICÍA) S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

CÁMARA DEL TRABAJO 1RA CIRC. - VIEDMA03/07/2026Sent. 197 · Interlocutoria

La Cámara del Trabajo de Viedma declaró inadmisible el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la Provincia de Río Negro contra una sentencia interlocutoria. La demandada invocaba el tope del 25 % del art. 730 del Código Civil y Comercial para costas y honorarios, pero el tribunal verificó un obstáculo formal: el valor del litigio no alcanzaba el mínimo legal vigente de $5.400.000 fijado por la Acordada N° 31/25. Ese recaudo era ineludible para acceder a la vía de legalidad y funcionó como impedimento formal suficiente. Por eso rechazó la habilitación de la instancia extraordinaria y no impuso costas, porque la contraparte no contestó el recurso.

Contencioso administrativorecurso extraordinarioinadmisibilidadcostashonorariosmonto minimo

ARAMAYO, RAUL CARLOS C/ PROVINCIA DE RÍO NEGRO (MINISTERIO DE SEGURIDAD Y JUSTICIA) S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

CÁMARA DEL TRABAJO 1RA CIRC. - VIEDMA03/07/2026Sent. 200 · Interlocutoria

La Cámara del Trabajo de Viedma declaró inadmisible el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por Raúl Carlos Aramayo contra la sentencia definitiva del 07/05/2026. El actor cuestionaba la interpretación del régimen salarial del Servicio Penitenciario y sostenía que los decretos 597/17 y 681/17 habían sido aplicados de modo erróneo. El tribunal aplicó la doctrina obligatoria de los precedentes Aravena, Mora y Pereyra y concluyó que habilitar la vía extraordinaria produciría un dispendio jurisdiccional innecesario. La decisión cerró la instancia extraordinaria local sin reabrir el fondo salarial. Impuso costas y reguló honorarios de las abogadas Lucía Benatti y María Lucrecia Rodrigo en $365.849,40 para cada una, más IVA si correspondiera, pagaderos dentro de diez días.

Contencioso administrativocontencioso administrativoempleo publicoservicio penitenciariorecurso extraordinarioinadmisibilidad

[DENUNCIANTE_1] C/ [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] S/ VIOLENCIA

JUZGADO DE PAZ 1RA CIRC. SIERRA GRANDE03/07/2026Sent. 69 · Interlocutoria

El Juzgado de Paz de Sierra Grande dispuso medidas cautelares en una denuncia de violencia familiar. Ordenó a [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] mantener una distancia no inferior a DOSCIENTOS (200) metros de [DENUNCIANTE_1], con una excepción limitada por cercanía laboral, y exhortó a ambas personas a evitar hostigamientos o referencias al conflicto. Además requirió intervención del SAT, Salud Mental, servicio social hospitalario y SENAF, fijó SESENTA (60) días de vigencia y remitió la causa al Juzgado de Familia N.º 9.

Violencia familiarNNyASalud mentalAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarprohibicion acercamientosenafsalud mentalmedidas cautelares

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