'[ACTOR_1]' C/ '[DEMANDADO_1]' Y OTROS S/ AUMENTO DE CUOTA ALIMENTARIA
El Juzgado de Familia fijó una cuota alimentaria provisoria equivalente al 70 % del SMVM a cargo del progenitor demandado. La medida se dictó al iniciar el aumento de cuota, porque la cuota anterior del 40 % del SMVM había quedado desactualizada frente a los índices inflacionarios. Ordenó el depósito del uno al diez de cada mes en Banco Patagonia y aclaró que asignaciones familiares, ayuda escolar y escolaridad deben aportarse por separado. También dispuso intervención de la Defensoría de Menores e Incapaces.
