S.A.E. Y S.E.B. S/ DIVORCIO
Rectificó la sentencia de divorcio 2026-D-114 para corregir la localidad de celebración del matrimonio. La aclaratoria modificó el considerando II y el punto 4 de la resolutiva de la decisión del 5 de junio de 2026: debe tenerse por celebrado el matrimonio en Sierra Grande y librarse oficio al Registro Civil y Capacidad de las Personas de esa ciudad.
