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Índice de jurisprudencia — Río Negro

Fallos jurisdiccionales

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R.N.G. C/ M.A.D. S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL N°11 VIEDMA (JUZGADO DE FAMILIA N°11)07/07/2026Sent. 292 · Definitiva

La Unidad Procesal de Familia dictó medidas preventivas en favor de N.G.R. frente a A.D.M. en una denuncia de violencia familiar. Prohibió todo acto de violencia, hostigamiento o contacto por cualquier medio, y fijó una prohibición de acercamiento menor a 300 metros respecto de la denunciante. Aclaró que la perimetral queda exceptuada durante el horario laboral por compartir edificio, aunque allí debe evitarse todo contacto. Las medidas rigen hasta el 07 de octubre de 2026 y se fijó audiencia para el 20 de julio de 2026.

Violencia familiarAnonimizaciónFamiliafamiliaviolencia familiarprohibicion contactoprohibicion acercamientoperimetralaudiencia

'[DENUNCIANTE_1]' C/ '[DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL N° 9 SAN CARLOS DE BARILOCHE ( JUZGADO DE FAMILIA N°9)07/07/2026Sent. 238 · Definitiva

La jueza de Familia dictó medidas preventivas en favor de [DENUNCIANTE_1] y su hija [FAMILIAR_1] frente a [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]. Intimó al denunciado a retirarse del domicilio familiar en dos días, prohibió el acercamiento a 200 metros y todo contacto por cualquier medio, ordenó intervención policial, seguimiento del SAT y comunicación al establecimiento educativo. Las medidas rigen hasta el 05 de octubre de 2026 y se dispuso la entrega inmediata de un botón antipánico a la denunciante.

NNyAViolencia familiarAnonimizaciónFamiliafamiliaviolencia familiarnnyaexclusion hogarprohibicion acercamientoboton antipanico

' [ACTOR_1]' S/ GUARDA

UNIDAD PROCESAL Nº 7 (JUZGADO DE FAMILIA N° 7) - CIPOLLETTI06/07/2026Sent. 558 · Definitiva

La UPF 7 dispuso prorrogar por un año la guarda de [FAMILIAR_1] y [FAMILIAR_2] a cargo de su bisabuela paterna, [ACTOR_1]. La jueza tuvo por no modificadas las condiciones que habían originado la guarda y siguió el dictamen favorable de la Defensora de Menores e Incapaces. También otorgó a la guardadora función de protección de la persona y bienes, con facultades de representación para decisiones de educación, salud, esparcimiento y percepción de asignaciones mientras dure la guarda o hasta nueva orden judicial.

NNyAAnonimizaciónFamiliafamiliaguardannyaprorroga guardabisabuela paternafuncion proteccionrepresentacion

[DENUNCIANTE_1] C/ [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL N° 17 2DA CIRC. - G. ROCA06/07/2026Sent. 606 · Definitiva

El Juzgado de Familia amplió una resolución previa y ordenó una medida protectoria y preventiva a favor del hijo [FAMILIAR_1]. Dispuso que [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] se abstenga de producir actos molestos o perturbadores y de efectuar reclamos fuera de la vía legal en cualquier lugar público o privado donde el niño se encuentre o transite. El incumplimiento podrá dar intervención a la justicia penal por desobediencia, bajo apercibimiento del art. 154 CPF, y la medida debe notificarse personalmente al denunciado.

Violencia familiarNNyAAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarampliacion de medidasabstencionNNyAdesobediencia

K.C.A. C/ G.J.D. S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL N°11 VIEDMA (JUZGADO DE FAMILIA N°11)06/07/2026Sent. 289 · Definitiva

El Juzgado de Familia tuvo presentes las medidas preventivas ya dispuestas y fijó una audiencia para revisar la situación denunciada. Las medidas vigentes prohíben a J.D.G. realizar actos de violencia o comunicarse con C.A.K. por cualquier vía, y le impiden acercarse a menos de 300 metros hasta el 05/10/2026. La audiencia del 15 de julio de 2026 busca tomar mayor conocimiento del caso, informar a las partes y evaluar si corresponde ampliar o modificar esas medidas.

Violencia familiarNNyAAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarprohibicion de acercamiento300 metrosaudienciamedidas preventivas

'[ACTOR_1]' S/ PROCESO SOBRE CAPACIDAD

UNIDAD PROCESAL N° 9 SAN CARLOS DE BARILOCHE ( JUZGADO DE FAMILIA N°9)06/07/2026Sent. 236 · Definitiva

El Juzgado de Familia dispuso dejar sin efecto la sentencia de restricción de capacidad dictada respecto de [ACTOR_1] y designó como apoyos definitivos a sus hijos [APOYOS_Y_FAMILIARES_O_TERCEROS_1] y [APOYOS_Y_FAMILIARES_O_TERCEROS_2]. La decisión consideró innecesario mantener una revisión judicial periódica cuando la persona no posee bienes propios, cuenta con acompañamiento familiar y requiere apoyos para la administración de su pensión, atención de salud y traslados. También ordenó comunicar al Registro Civil y a ANSES que la ausencia de restricción no puede impedir beneficios previsionales o sociales.

SaludSalud mentalDiscapacidadAnonimizaciónFamiliacapacidadapoyos definitivosrestriccion de capacidadANSESdiscapacidad

Ñ H M S/ LESIONES LEVES, AMENAZAS CON ARMA Y ABUSO DE ARMAS

TRIBUNAL DE IMPUGNACIÓN06/07/2026Sent. 172 · Definitiva

El Tribunal de Impugnación rechazó la impugnación de la defensa de H. M. Ñ. y mantuvo la condena por lesiones graves agravadas, con pena de cinco años de prisión efectiva. La defensa había pedido revocar la sentencia y recalificar el hecho como lesiones graves culposas, alegando falta de dolo, valoración errónea de la prueba y una hipótesis accidental o imprudente. El tribunal consideró que el dolo fue inferido de la conducta exterior, el contexto de violencia, el conocimiento técnico del arma, la manipulación voluntaria y la incompatibilidad de la hipótesis accidental con la prueba pericial. También impuso las costas a H. M. Ñ. como parte vencida.

Violencia familiarAnonimizaciónPenalimpugnacion penallesiones agravadasdoloarma de fuegoviolencia familiar

PINILLA IBARRA RENAUDIN ADIEL C/ MUNICIPALIDAD DE VILLA REGINA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (ORDINARIO)

CÁMARA APELACIONES EN LO CIVIL, COMERCIAL, FAMILIA Y MINERÍA - GENERAL ROCA03/07/2026Sent. 147 · Definitiva

La Cámara Civil de General Roca modificó sólo la distribución de costas en un juicio de daños contra la Municipalidad de Villa Regina y confirmó el resto de la sentencia de primera instancia. La demandada apeló la condena dictada por el accidente vial del 28/06/2021, pero el tribunal rechazó el recurso en su mayor extensión. Consideró que los agravios no desvirtuaban la responsabilidad ni la procedencia de los rubros admitidos, aunque advirtió vencimiento parcial por el rechazo total de lucro cesante y daño psicológico. Por eso fijó las costas de ambas instancias en 90 % a cargo de la demandada y 10 % a cargo de la actora, y reguló honorarios de alzada.

Dañosdanosmunicipalidadapelacioncostasresponsabilidadaccidente vial

'[ACTOR_1]' C/ '[DEMANDADO_1]' S/ ALIMENTOS

UNIDAD PROCESAL Nº 5 (JUZGADO DE FAMILIA N° 5) - CIPOLLETTI03/07/2026Sent. 446 · Definitiva

El Juzgado de Familia de Cipolletti rectificó una sentencia homologatoria de alimentos sólo en materia de costas. La resolución advirtió un error en la imposición al alimentante y dejó aclarado que, según la propuesta y aceptación registradas por las partes, las costas habían sido acordadas por su orden. No modificó el contenido alimentario homologado ni decidió nuevamente el fondo; se limitó a subsanar ese punto de la sentencia del 25 de junio de 2026.

AnonimizaciónFamiliaalimentoscostasrectificacionsentencia homologatoriafamilia

[DENUNCIANTE_1] C/ [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL N° 11 2DA CIRC. - G. ROCA03/07/2026Sent. 468 · Definitiva

La Unidad Procesal de Familia N.º 11 de General Roca decretó por CUATRO MESES una prohibición de acercamiento en una denuncia de violencia. Ordenó a [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] mantenerse a 200 metros de [DENUNCIANTE_1], de su vivienda y de cualquier lugar donde se encuentre o transite, y abstenerse de actos perturbadores o reclamos fuera de la vía legal. La resolución dispuso notificación personal al denunciado y dejó radicada la causa en la unidad de familia para futuras presentaciones con patrocinio letrado.

Violencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarprohibicion acercamientocuatro mesesfamilia

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