'[ACTOR_1]' C/ '[DEMANDADO_1]' S/ REGIMEN DE COMUNICACION
La Unidad Procesal de Familia de Cipolletti homologó el acuerdo sobre régimen de comunicación entre [ACTOR_1] y su hijo [FAMILIAR_1]. Dispuso encuentros los martes, jueves y sábados de 19 a 21 horas; durante las primeras dos semanas estará presente un adulto de confianza y, desde el 28 de julio, el progenitor podrá retirar al niño de su actividad deportiva o del domicilio materno y deberá reintegrarlo a las 21 horas. El acuerdo siguió un informe técnico que observó una evolución favorable del vínculo y contó con la conformidad de la Defensoría de Menores. Las costas se impusieron por su orden.
