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Índice de jurisprudencia — Río Negro

Fallos jurisdiccionales

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'[ACTOR_1]' C/ '[DEMANDADO_1]' S/ REGIMEN DE COMUNICACION

UNIDAD PROCESAL Nº 11 - CIPOLLETTI16/07/2026Sent. 80 · Homologada

La Unidad Procesal de Familia de Cipolletti homologó el acuerdo sobre régimen de comunicación entre [ACTOR_1] y su hijo [FAMILIAR_1]. Dispuso encuentros los martes, jueves y sábados de 19 a 21 horas; durante las primeras dos semanas estará presente un adulto de confianza y, desde el 28 de julio, el progenitor podrá retirar al niño de su actividad deportiva o del domicilio materno y deberá reintegrarlo a las 21 horas. El acuerdo siguió un informe técnico que observó una evolución favorable del vínculo y contó con la conformidad de la Defensoría de Menores. Las costas se impusieron por su orden.

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'[ACTOR_1]' C/ '[DEMANDADO_1]' Y '[DEMANDADO_2]' S/ REGIMEN DE COMUNICACION

UNIDAD PROCESAL Nº 11 - CIPOLLETTI06/07/2026Sent. 79 · Homologada

La UPF 11 homologó el acuerdo de régimen de comunicación entre [ACTOR_1], abuela paterna, y la niña [FAMILIAR_1]. El esquema fija contactos los lunes y miércoles, fines de semana alternados y reglas especiales para recesos, cumpleaños y festividades. La decisión mantiene expresamente la restricción de contacto de la niña con su progenitor y pone en cabeza de [ACTOR_1] garantizar su cumplimiento durante los encuentros. Impuso costas por su orden y reguló honorarios de las letradas intervinientes.

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'[ACTOR_1]' C/ '[DEMANDADO_1]' S/ HOMOLOGACIÓN DE CONVENIO

UNIDAD PROCESAL Nº 11 - CIPOLLETTI01/07/2026Sent. 77 · Homologada

El juzgado homologó con fuerza de sentencia el convenio familiar celebrado entre '[ACTOR_1]' y '[DEMANDADO_1]'. El acuerdo reguló un régimen de comunicación y contacto progresivo con el niño [FAMILIAR_1], dividido en etapas sin pernocte y luego con pernocte durante fines de semana alternados, con fechas y horarios detallados en el dispositivo. La resolución no decide un conflicto de fondo: transforma el convenio en título judicial y mantiene la identidad protegida por los marcadores oficiales. El alcance queda ceñido a lo ordenado en la parte dispositiva, con identidad preservada según la fuente oficial.

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L.M.E. C/ S.S.I. S/ HOMOLOGACIÓN

UNIDAD PROCESAL Nº 11 - CIPOLLETTI08/06/2026Sent. 67 · Homologada

El tribunal homologó en el proceso L.M.E. C/ S.S.I. S/ HOMOLOGACIÓN. La decisión encuadra el caso en materia familia y resuelve el punto central planteado por las partes según el alcance del trámite. El dispositivo ordenó: RESUELVO: I.- Homologar con fuerza de sentencia el acuerdo arribado respecto de ALIMENTOS y RÉGIMEN DE COMUNICACIÓN, que transcripto en su parte pertinente dice: " RÉGIMEN DE COMUNICACIÓN: Las partes acuerdan que. La síntesis queda limitada a esa resolución oficial y a sus consecuencias procesales inmediatas, sin extenderse a cuestiones ajenas al texto de la sentencia. La intervención se presenta como una respuesta jurisdiccional específica, con efectos acotados al expediente y a las medidas dispuestas.

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C.V.B. C/ T.L.D. S/ MODIFICACION DE REGIMEN DE COMUNICACION

UNIDAD PROCESAL Nº 11 - CIPOLLETTI05/06/2026Sent. 66 · Homologada

El tribunal homologó en el proceso C.V.B. C/ T.L.D. S/ MODIFICACION DE REGIMEN DE COMUNICACION. La decisión encuadra el caso en materia familia y resuelve el punto central planteado por las partes según el alcance del trámite. El dispositivo ordenó: RESUELVO: I.- Homologar con fuerza de sentencia el acuerdo arribado respecto de REGIMEN DE COMUNICACIÓN, que transcripto en su parte pertinente dice: " REGIMEN DE COMUNICACIÓN: Que las partes acuerdan que el. La síntesis queda limitada a esa resolución oficial y a sus consecuencias procesales inmediatas, sin extenderse a cuestiones ajenas al texto de la sentencia. La intervención se presenta como una respuesta jurisdiccional específica, con efectos acotados al expediente y a las medidas dispuestas.

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