'[DENUNCIANTE_1]' C/ '[DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/ VIOLENCIA
No pudimos hacer la síntesis ÍTERA: no hay contenido oficial suficiente disponible en el PJ de Río Negro para este fallo.
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No pudimos hacer la síntesis ÍTERA: no hay contenido oficial suficiente disponible en el PJ de Río Negro para este fallo.
La jueza de familia dictó medidas cautelares en una denuncia de violencia familiar. Ordenó a [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] no realizar actos de violencia de ningún tipo contra [DENUNCIANTE_1], prohibió su acercamiento en un radio de 300 metros respecto de la denunciante y de su domicilio, y autorizó a [DENUNCIANTE_1] a retirar efectos personales con acompañamiento policial. Las medidas rigen hasta el día 21/10/2026. La resolución también dispuso intervención policial ante incumplimientos y asistencia letrada para las partes.
No pudimos hacer la síntesis ÍTERA: no hay contenido oficial suficiente disponible en el PJ de Río Negro para este fallo.
La jueza de feria dispuso mantener hasta el 11 de octubre de 2026 las medidas cautelares de protección adoptadas ante la denuncia de [DENUNCIANTE_1] contra [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]. Las órdenes comprenden restricciones de acercamiento y contacto, y la intervención policial mediante rondas durante cinco días. También ordenó la asistencia del Sistema de Abordaje Territorial y advirtió que el incumplimiento puede motivar una causa por desobediencia judicial. La resolución preservó el carácter provisorio de las órdenes y su revisión posterior por el juzgado.
El Juzgado de Familia de Viedma dictó medidas cautelares en favor de [DENUNCIANTE_1] y su hija [FAMILIAR_1] frente a [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]. Prohibió al denunciado realizar actos de violencia física, psíquica, económica o emocional, por cualquier medio directo o indirecto, y dispuso una prohibición de acercamiento de 300 metros respecto de ambas, su vivienda o el lugar donde se encuentren. La medida tendrá vigencia hasta el 06/10/2026. La resolución se dictó con carácter provisorio, cautelar y preventivo para resguardar la integridad psicofísica de la denunciante y su hija, y para pacificar la conflictiva familiar existente.
El Juzgado de Familia de Viedma dictó medidas cautelares en favor de [DENUNCIANTE_1] y de [FAMILIAR_1] y [FAMILIAR_2] contra [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]. Prohibió al denunciado realizar actos de violencia por cualquier medio, fijó un perímetro de 50 metros respecto de la denunciante y su domicilio, y de 300 metros respecto de [FAMILIAR_1], [FAMILIAR_2] y su domicilio. También ordenó rondas policiales periódicas. La resolución tuvo carácter provisorio, cautelar y preventivo, orientado a resguardar la integridad psicofísica de la denunciante y a pacificar la conflictiva familiar, sin pronunciarse sobre el fondo de los hechos denunciados.
El tribunal rechazó en el proceso A.V. C/ C.R.I. S/ VIOLENCIA. La decisión encuadra el caso en materia familia y resuelve el punto central planteado por las partes según el alcance del trámite. El dispositivo ordenó: RESUELVO: I.- No hacer lugar a la tramitación de la presente. Hacer saber a V.A., que en caso de suscitarse hechos de violencia, deberá comunicarse al 911 y efectuar la denuncia correspondiente. La síntesis queda limitada a esa resolución oficial y a sus consecuencias procesales inmediatas, sin extenderse a cuestiones ajenas al texto de la sentencia. La intervención se presenta como una respuesta jurisdiccional específica, con efectos acotados al expediente y a las medidas dispuestas.
La síntesis de ÍTERA Lex no sustituye el texto oficial; verificá contra el portal del PJ Río Negro.