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Índice de jurisprudencia — Río Negro

Fallos jurisdiccionales

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'[DENUNCIANTE_1]' C/ '[DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL N°7 VIEDMA (JUZGADO DE FAMILIA N°7)23/07/2026Sent. 317 · Definitiva

No pudimos hacer la síntesis ÍTERA: no hay contenido oficial suficiente disponible en el PJ de Río Negro para este fallo.

'[DENUNCIANTE_1]' C/ '[DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL N°7 VIEDMA (JUZGADO DE FAMILIA N°7)21/07/2026Sent. 315 · Definitiva

La jueza de familia dictó medidas cautelares en una denuncia de violencia familiar. Ordenó a [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] no realizar actos de violencia de ningún tipo contra [DENUNCIANTE_1], prohibió su acercamiento en un radio de 300 metros respecto de la denunciante y de su domicilio, y autorizó a [DENUNCIANTE_1] a retirar efectos personales con acompañamiento policial. Las medidas rigen hasta el día 21/10/2026. La resolución también dispuso intervención policial ante incumplimientos y asistencia letrada para las partes.

Violencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarprohibicion acercamientoretiro efectosmedidas cautelaresacompanamiento policial

'[DENUNCIANTE_1]' C/ '[DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL N°7 VIEDMA (JUZGADO DE FAMILIA N°7)15/07/2026Sent. 308 · Definitiva

No pudimos hacer la síntesis ÍTERA: no hay contenido oficial suficiente disponible en el PJ de Río Negro para este fallo.

'[DENUNCIANTE_1]' C/ '[DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL N°7 VIEDMA (JUZGADO DE FAMILIA N°7)13/07/2026Sent. 302 · Definitiva

La jueza de feria dispuso mantener hasta el 11 de octubre de 2026 las medidas cautelares de protección adoptadas ante la denuncia de [DENUNCIANTE_1] contra [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]. Las órdenes comprenden restricciones de acercamiento y contacto, y la intervención policial mediante rondas durante cinco días. También ordenó la asistencia del Sistema de Abordaje Territorial y advirtió que el incumplimiento puede motivar una causa por desobediencia judicial. La resolución preservó el carácter provisorio de las órdenes y su revisión posterior por el juzgado.

Violencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarmedidas proteccionprohibicion acercamientorondas policialessatplazo medidas

'[DENUNCIANTE_1]' (EN REP. DE [FAMILIAR_1]) C/ '[DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1] ' S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL N°7 VIEDMA (JUZGADO DE FAMILIA N°7)08/07/2026Sent. 297 · Definitiva

El Juzgado de Familia de Viedma dictó medidas cautelares en favor de [DENUNCIANTE_1] y su hija [FAMILIAR_1] frente a [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]. Prohibió al denunciado realizar actos de violencia física, psíquica, económica o emocional, por cualquier medio directo o indirecto, y dispuso una prohibición de acercamiento de 300 metros respecto de ambas, su vivienda o el lugar donde se encuentren. La medida tendrá vigencia hasta el 06/10/2026. La resolución se dictó con carácter provisorio, cautelar y preventivo para resguardar la integridad psicofísica de la denunciante y su hija, y para pacificar la conflictiva familiar existente.

NNyAViolencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarnnyaprohibicion acercamientomedidas cautelaresviedmaley 3040

'[DENUNCIANTE_1]' C/ '[DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]' S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL N°7 VIEDMA (JUZGADO DE FAMILIA N°7)08/07/2026Sent. 298 · Definitiva

El Juzgado de Familia de Viedma dictó medidas cautelares en favor de [DENUNCIANTE_1] y de [FAMILIAR_1] y [FAMILIAR_2] contra [DENUNCIADO/_DENUNCIADA_1]. Prohibió al denunciado realizar actos de violencia por cualquier medio, fijó un perímetro de 50 metros respecto de la denunciante y su domicilio, y de 300 metros respecto de [FAMILIAR_1], [FAMILIAR_2] y su domicilio. También ordenó rondas policiales periódicas. La resolución tuvo carácter provisorio, cautelar y preventivo, orientado a resguardar la integridad psicofísica de la denunciante y a pacificar la conflictiva familiar, sin pronunciarse sobre el fondo de los hechos denunciados.

Violencia familiarAnonimizaciónFamiliaviolencia familiarprohibicion acercamientorondas policialesmedidas cautelaresviedmaley 3040

A.V. C/ C.R.I. S/ VIOLENCIA

UNIDAD PROCESAL N°7 VIEDMA (JUZGADO DE FAMILIA N°7)12/06/2026Sent. 258 · Definitiva

El tribunal rechazó en el proceso A.V. C/ C.R.I. S/ VIOLENCIA. La decisión encuadra el caso en materia familia y resuelve el punto central planteado por las partes según el alcance del trámite. El dispositivo ordenó: RESUELVO: I.- No hacer lugar a la tramitación de la presente. Hacer saber a V.A., que en caso de suscitarse hechos de violencia, deberá comunicarse al 911 y efectuar la denuncia correspondiente. La síntesis queda limitada a esa resolución oficial y a sus consecuencias procesales inmediatas, sin extenderse a cuestiones ajenas al texto de la sentencia. La intervención se presenta como una respuesta jurisdiccional específica, con efectos acotados al expediente y a las medidas dispuestas.

Violencia familiarFamiliaviolencia familiarfamiliadicta medidas proteccion

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